miércoles, 28 de septiembre de 2016

Cumplimiento de la Normativa de Seguridad Industrial - Ley de Industria - Régimen Sancionador

No existirán muchas cosas más desagradables que recibir sanciones por incumplimientos de la normativa vigente. Por ello hemos de conocer el régimen sancionador previsto en las normativas técnicas, como son el Reglamento Técnico de Gas, Reglamento de Instalaciones Térmicas, etc.

Conocer las contra prestaciones que puede acarrear no cumplir con los preceptos reglamentarios que rezan en los reglamentos, nos hará valorar en su justa medida si interesa o no cumplir la normativa.

La Ley 21 de 1992, Ley de Industria, regula entre otros aspectos el régimen sancionador administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.

Lógicamente previa a la sanción se abrirá un expediente para comprobar la infracción, imputación, pudiendo concluir con la imposición de la oportuna sanción.

Tipificación de las infracciones

Se pueden clasificar las infracciones en 3 categorías:
  • Muy graves.
  • Graves.
  • Leves
En función de su clasificación, las consecuencias económicas de la sanción que conllevan, el cual se valorará en función de:
  • La importancia del daño o deterioro causado.
  • El grado de participación del infractor y el beneficio que ha obtenido.
  • La capacidad económica del infractor.
  • La intencionalidad.
  • La reincidencia.
En el caso de infracciones graves o muy graves, podrá conllevar la perdida de obtención subvenciones y prohibición para realizar trabajos con las Administraciones públicas durante un tiempo (2 años para graves y 5 años para muy graves).

Además en caso de infracción muy grave, podrá acordarse la suspensión de la actividad o cierre del establecimiento por un periodo máximo de 5 años.


En función de la tipificación de la sanción la cuantía económica queda establecida en:
  • Leves: hasta 3005,06 euros, que serán sancionadas por el Órgano que reglamentariamente se disponga (normalmente las CC.AA.).
  • Graves: de 3005,07 a 90151,82 euros, que serán sancionadas por el Ministro Competente.
  • Muy graves: desde 90.151,83 hasta 601012,10 euros, que serán sancionadas por el Consejo de Ministros.
Siendo responsables del cumplimiento de los preceptos reglamentarios, y por tanto sancionables:
  • Propietario, director o gerente de la industria en la que se compruebe la infracción.
  • Proyectistas, directores de obra y profesionales que participan en la instalación, reparación, mantenimiento o inspeccion de equipos y/o aparatos.
  • Fabricantes, vendedores, etc.
  • Organismos, entidades y laboratorios.
Lógicamente en caso de existir más de un sujeto responsable de una infracción las sanciones se impodrán de manera independiente.

Infracciones leves

  1. La venta o instalación de productos o aparatos sin cumplir normas reglamentarias.
  2. El incumplimiento de los plazos reglamentarios.
  3. El incumplimiento de requerimientos o medidas cautelares por primera vez.
  4. La falta de subsanación de deficiencias leves detectadas en inspecciones o revisiones reglamentarias en el plazo señalado.
  5. La inadecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones, siempre que no constituyan falta grave o muy grave.
  6. La falta de colaboración con la Administración.
  7. Negligencia en el cumplimiento de las obligaciones de la Normativa Industrial.
  8. Inexactitud, falsedad u omisión de datos de carácter no esencial en la declaración de responsable.
  9. Falta de comunicación a la Administración Pública de cualquier dato de carácter no esencial, incluido en la declaración de responsable o comunicación previa.

Infracciones graves

  1. La venta o instalación de productos o aparatos sin cumplir normas reglamentarias, cuando comporten daño o peligro grave para las personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.
  2. La puesta en funcionamiento de instalaciones o equipos sin autorización, cuando así sea exigido.
  3. Realizar actividades sin disponer de la correspondiente autorización, inscripción o presentación de la declaración de responsable.
  4. No disponer de contratos de mantenimiento de las instalaciones con empresas habilitadas cuando así sea exigido.
  5. Ocultar o alterar datos de manera dolosa (voluntad maliciosa de engañar a alguien o de incumplir una obligación contraída), o bien la resistencia o demora en proporcionarlos.
  6. La resistencia de los titulares a permitir el acceso o facilitar información requerida por las Administraciones Públicas.
  7. Incumplimiento de requerimientos específicos y/o medidas cautelares de manera reincidente.
  8. Expedición de certificados, informes o actas cuyo contenido no se ajusta a la realidad.
  9. Redacción de proyectos o memorias cuyo contenido no se ajuste a las prescripciones reglamentarias.
  10. Inspecciones, ensayos o pruebas efectuadas por Organismos de Control de forma incompleta o cuyos resultados sean inexactos debido a la insuficiente constatación de los hechos o deficiente aplicación de normas técnicas.
  11. Incumplimiento de prescripciones dictadas por la Autoridad Competente.
  12. Inadecuada conservación y mantenimiento de instalaciones si ello puede resultar peligroso para las personas, flora, fauna, bienes o medio ambiente.
  13. Inexactitud, falsedad u omisión de datos de carácter esencial en la declaración de responsable.
  14. La realización de la actividad sin cumplir los requisitos exigidos o sin haber realizado la comunicación o la declaración de responsable inicial, cuando así sea exigido.
  15. La falta de comunicación a la Administración Pública competente de la modificación de cualquier dato de carácter esencial incluido en la declaración responsable o comunicación previa.
  16. Mantener en funcionamiento instalaciones sin haber superado favorablemente inspecciones, revisiones, o comprobaciones establecidas.
  17. Incumplimientos de la Normativa Industrial por negligencias graves que ocasionen riesgo para las personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.
  18. Reincidencia leve que se le hubiese sancionado en el plazo de los dos años anteriores a la comisión de la misma.
  19. Acreditación e Organismos de Control por parte de las Entidades de Acreditación sin verificar totalmente los requisitos exigidos para aquellos.

Infracciones muy graves

  1. El incumplimiento doloso de los requisitos, obligaciones o prohibiciones
    establecidos en la Normativa Industrial siempre que ocasionen riego grave o daño para las personas, flora, cosas o el medio ambiente.
  2. Reincidencia por falta grave que se hubiese sancionado en el plazo de los dos años anteriores a la comisión de la misma.
  3. Negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración al personal inspector.
  4. Las tipificadas como graves, cuando de las mismas resulte un daño muy grave, o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.

Prescripción

Por desgracia para los perjudicados, y para beneficio de los infractores, las infracciones prescriben.

Así respecto a la fecha de la consumación de la infracción prescriben:
  • Al año las infracciones tipificadas como leves.
  • A los tres años, las infracciones tipificadas como graves.
  • A los cinco año, las infracciones tipificadas como muy graves.
El cómputo del plazo de prescripción de la infracción y la consecuente sanción se iniciará en la fecha en la que se hubiera cometido la infracción o, si se trata de una actividad continuada, en la fecha de su cese.

Conclusión

La seguridad industrial tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o desecho de los productos industriales.

Tienen la consideración de riesgos relacionados con la seguridad industrial los que puedan producir lesiones o daños a personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, y en particular los incendios, explosiones y otros hechos susceptibles de producir quemaduras, intoxicaciones, envenenamiento o asfixia, electrocución, riesgos de contaminación producida por instalaciones industriales, perturbaciones electromagnéticas o acústicas y radiación, así como cualquier otro que pudiera preverse en la normativa internacional aplicable sobre seguridad.

La Ley de Industria contiene un régimen sancionador administrativo de todas las materias de seguridad industrial como los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades industriales.

También son de aplicación estas disposiciones sobre seguridad industrial, en todo caso, a las instalaciones, equipos, actividades, procesos y productos industriales que utilicen o incorporen elementos, mecanismos o técnicas susceptibles de producir los daños.



miércoles, 21 de septiembre de 2016

Procedimiento de Inspección a una Instalación Térmica


El Reglamento de Instalaciones Térmicas hace responsable a los titulares de la instalaciones de que  se realice la inspección obligatoria de su instalación térmica (art. 25).

Actualmente deben ser inspeccionados:
  • Los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria de potencia nominal igual o superior a 20 kW, excluidos los destinados exclusivamente a la producción de ACS de potencia hasta 70 kW.
  • Los sistemas de las instalaciones de aire acondicionado de potencia nominal igual o superior a 12 kW.
El objetivo de las inspecciones es comprobar el nivel de eficiencia energética de las instalaciones térmicas fijas destinadas al bienestar e higiene de las personas.

Agentes o entidades de inspección

Serán las Comunidades Autónomas quienes establecerán los procedimientos para la acreditación de entidades y agentes para su realización. Lógicamente la acreditación obtenida en una Comunidad Autónoma permitirán la realización de inspecciones técnicas en cualquier parte del territorio nacional (art. 29).

Por ejemplo, en la CC.AA. de Madrid podrán realizar las inspecciones:
  • Organismos de Control Autorizados para este campo reglamentario.
  • Técnicos competentes acreditados ante una Entidad Acreditada para Certificación de Personas.
  • Empresas Mantenedoras.
Puede ver más información sobre la acreditación de empresas y agentes de inspección en la CC.AA. de Madrid, haciendo click aquí.

El titular elegirá libremente el agente o entidad de inspección. Las Comunidades Autónomas pondrán a disposición del público listados actualizados de expertos cualificados o acreditados, o de empresas o entidades acreditadas que ofrezcan estos servicios, al menos con los inscritos en su CC.AA.

Lógicamente las CC.AA. tendrán un control sobre estas inspecciones y los agentes, empresas o entidades que las realicen.

Tipos de inspección

  • Inspecciones iniciales, si así es determinado por la CC.AA. donde se ha realizado el montaje de la instalación. Por ejemplo, en CLM no es obligatoria, y en Madrid sí.
  • Inspecciones periódicas de eficiencia energética.
  • Inspecciones periódicas completas de eficiencia energética.

Periodicidad de las inspecciones

Viene establecida en la Instrucción número 4 del Reglamento de Instalaciones Térmicas, dependiendo del tipo de instalación y combustible.

Las inspección inicial se realiza antes de la puesta en marcha de la instalación, con la finalidad de comprobar si cumplen con el Reglamento. Para ello la instalación térmica deberá estar ejecutada, y le haya sido presentada la documentación para su puesta en servicio. Se tendrá en cuenta otra Reglamentación como el Reglamento Técnico de Gas en aquellas instalaciones que utilicen combustibles gaseosos.

Las inspecciones periódicas de eficiencia energética deberán ser realizadas a lo largo de la vida útil de la instalación. Su periodicidad depende del combustible y tipología:
  • En sistemas de aire acondicionado y en sistemas de calefacción y ACS de potencia hasta 70 kW, se realizarán cada 5 años.
  • En  sistemas de calefacción de potencia superior a 70 kW alimentados con gas o energías renovables, se realizarán cada 4 años.
  • En sistemas de calefacción de potencia superior a 70 kW alimentados con otros combustibles (p.e. gasóleo), se realizarán cada 5 años.
Las inspecciones periódicas completas de eficiencia energética se realizarán cada 15 años.

Certificación

La empresa o entidad que realice la inspección deberá emitir un certificado de inspección que pasará a formar parte de la documentación de la instalación que deberá conservar el titular de la misma.

Los modelos serán establecidos por las distintas CC.AA.

En una inspección inicial el certificado de inspección, indicará si el proyecto o memoria técnica cumple con el RITE, la posible relación de defectos, con su clasificación, y la calificación de la instalación térmica.

En una inspección periódica de eficiencia energética se deberán seguir la condiciones técnicas de la normativa bajo la cual fueron autorizadas, y las recomendaciones de eficiencia energética de la normativa actual.

Sí durante una inspección se comprobase que una instalación existente no cumple con unas exigencias mínimas de eficiencia energética, se anotarán estos defectos graves, comunicándose a los Órganos Competentes de la Comunidad Autónoma, en caso de no subsanarse en el plazo establecido, los cuales podrán acordar que la instalación se adecue a la normativa vigente.

Siempre se emitirá un informe de la inspección realizada, el cual podrá ser verificado por los Órganos Territoriales Competentes u Organismos de Control que se establezcan en cada CC.AA. En este informe se incluirán recomendaciones para mejorar en términos de rentabilidad, comparándose la eficiencia energética de la instalación inspeccionada con:
  • Una instalación que cumpla las exigencias de eficiencia energética de la normativa actual.
  • La mejor instalación viable disponible.
En las inspecciones periódicas completas de eficiencia energética el informe de inspección contendrá un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación, proponiéndose mejoras o modificaciones de su instalación, con la finalidad de mejorar su nivel de eficiencia energética, y contemplar la posibilidad de incorporar energía solar.

Las medidas deberán ser estudiadas y justificadas en base a su rentabilidad energética, medioambiental y económica (por ejemplo calculando la tasa interna de rentorno, TIR).

Inspección de los sistemas de calefacción y ACS

Versiones anteriores del Reglamento actual centraban la inspección en el generador, pero la versión actual obliga a realizar una revisión muy completa de la instalación debiendo inspeccionarse:
  • Generador de calor en cuanto a rendimiento, y dimensionado en comparación con la demanda térmica a satisfacer por la instalación.
  • Verificación del correcto funcionamiento del quemador, de que el combustible es el adecuado, y en el caso de biomasa (cumple con la UNE EN 14961), según las especificaciones del fabricante del generador de calor.
  • Sistema de evacuación de gases procedentes de la combustión.
  • Bombas de circulación.
  • Sistema de distribución y su aislamiento.
  • Emisores
  • Sistema de regulación y control
  • Contribución solar mínima por sistemas de energías renovables y cogeneración, en su caso.
Si la instalación tiene una potencia nominal superior a 70 kW, adicionalmente se verificarán:
  • Los resultados del programa de gestión energética establecidos por la Instrucción Técnica 3.4.

Inspección de los sistemas de aire acondicionado

Al igual que con los sistemas de calefacción y ACS, el alcance de la inspección actualmente incluye una revisión muy completa de la instalación debiendo inspeccionarse:
  • Generador de frío en cuanto a rendimiento, y dimensionado en comparación con la demanda térmica a satisfacer por la instalación.
  • Bombas de circulación.
  • Ventiladores.
  • Sistema de distribución y su aislamiento.
  • Emisores.
  • Sistemas de distribución de aire.
  • Sistema de regulación y control
  • Contribución solar mínima por sistemas de energías renovables y cogeneración, en su caso.
Si la instalación tiene una potencia nominal superior a 70 kW, adicionalmente se verificarán:
  • Los resultados del programa de gestión energética establecidos por la Instrucción Técnica 3.4.

Inspección de la instalación térmica completa

En este caso se aumenta el alcance inspeccionándose toda la instalación, comparándola con las exigencias de eficiencia energética reguladas por la Instrucción Técnica 1.2. del Reglamento actual.

Además se comprobará el Registro Oficial de Operaciones de Mantenimiento, y el estado de adecuación y cumplimiento del Manual de Uso y Mantenimiento.

Comprobaciones a realizar

Realizar una inspección a una instalación térmica se compone de varias fases, pues es un trabajo que debe realizarse muy organizado, y atendiendo a la gran diversidad de instalaciones que el inspector se podrá encontrar.

En la inspección periódica de eficiencia energética se comprueba el estado de la instalación, su eficiencia y sus condiciones de seguridad.

Básicamente consta de 2 partes:

  • Verificación de los registros documentales, y el cumplimiento de los agentes que intervienen en la instalación térmica (titular, empresa de mantenimiento, ...)
  • Inspección técnica en sí a la instalación.
Se inspeccionarán los elementos de la instalación térmica, atendiendo a sus características de eficiencia energética y seguridad, teniendo en cuenta que existen elementos que no actúan en servicio normal, pero que deben comprobarse para saber si están en condiciones de funcionamiento.



El inspector autorizado recabará información de la instalación previa a la visita inicial de la instalación para preparar convenientemente la toma de datos.

La toma de datos permitirá al inspector conocer de manera previa la instalación térmica a inspeccionar, y así preparar las oportunas fichas técnicas para realizar de un modo completo y rápido, la posterior toma de datos in situ, realizando eficazmente las pruebas de eficiencia energética a los distintos subsistemas de la instalación.

Una vez realizado el trabajo de campo con los resultados de las pruebas, fotografiados los elementos y partes de la instalación que pueden mejorar su eficiencia energética, y con la documentación recabada (esquema de principio, informes de gestión energética de la empresa mantenedora...), el inspector deberá analizar los resultado y de ello pudiera derivarse la necesidad de recopilar más datos o realizar nuevas pruebas.

Tras analizar los resultados, el inspector deberá confeccionar un informe sobre el nivel de eficiencia de la instalación y los distintos subsistemas de que la componen.


Las comprobaciones que deberá realizar serán:

1. Registro documental.
Se comprobará la existencia y la idoneidad de la documentación técnica de la instalación.
1.1. Proyecto o memoria técnica.
1.2. Certificado de dirección de instalación (potencia > 70 kW).
1.3. Certificado de instalación.
1.4. Certificado de inspección inicial, si así fue requerido por el Órgano Territorial Competente.
1.5. Autorización o registro de la instalación ante el Órgano Territorial Competente  (certificado diligenciado).
1.6. Existencia del Manual de Uso y Mantenimiento, el cual es obligatorio para instalaciones de potencia superior a 70 kW e instalaciones diseñadas con el RITE 2007.
1.7. Registro de labores de mantenimiento preventivo.
1.8. Registro y evolución de las pruebas de eficiencia energética realizadas según el programa de gestión energética de la instalación.
1.9. Relación de materiales y equipos instalados. O fichas de datos técnicos de la instalación.
1.10. Resultado de pruebas de la puesta en servicio.

2. Evaluación del rendimiento del generador.
Se valorará el rendimiento del generador tanto instantáneo como estacional, así como de la instalación térmica (REA y REAc).
2.1. Comprobación de existencia de consumos de:
2.1.1. Contador de combustible.
2.1.2. Contador de energía eléctrica.
2.1.3. Contador de energía suministrada a los diversos servicios (refrigeración, calefacción, ACS, etc).
2.1.4. Contador de ACS general.
2.1.5. Contador de agua fría para reposición pérdidas de la instalación térmica.
2.1.6. Contador de energía renovable aportada a los diversos servicios (ACS, calefacción, etc).
2.1.7. Contador de horas de funcionamiento de cada generador.
2.1.8. Registro de número de arranques de compresores.

2.2. Comprobación de la eficiencia energética de los generadores.

2.2.1. Eficiencia energética de la generación de calor.
2.2.1.1. Medición del rendimiento instantáneo de la combustión a potencia máxima de diseño de la instalación.
2.2.1.2. Análisis de la evolución de los rendimientos medidos en las operaciones de mantenimiento realizadas desde la última inspección y comparación con los valores obtenidos en la inspección.
2.2.1.3. Determinación del rendimiento de los generadores de calor.
2.2.1.4. Análisis y evaluación del dimensionado del generador de calor en comparación con la demanda a satisfacer por la instalación.

2.2.2. Eficiencia energética de la generación de frío.
2.2.2.1. Medición del rendimiento instantáneo del equipo a potencia máxima de diseño de la instalación.
2.2.2.2. Análisis de la evolución de los rendimientos medidos en las operaciones de mantenimiento realizadas desde la última inspección y comparación con los valores obtenidos en la inspección.
2.2.2.3. Medición de las temperaturas y presiones de los fluidos (agua, salmuera, fluido frigorígeno, aire...).
2.2.1.4. Análisis y evaluación del dimensionado del generador de calor en comparación con la demanda a satisfacer por la instalación.

2.2.3. Determinación del rendimiento estacional de la instalación durante al menos una temporada (REA y REAc).

3. Eficiencia energética según IT 1.2. del Reglamento actual.

3.1. Inspección visual de conducciones y aislamiento.
3.2. Inspección visual de circulares (estado, vibraciones).
3.2.1. Determinación del rendimiento de los circuladores.
3.3. Inspección visual de redes de distribución de aire y aislamiento.
3.4. Inspección visual de ventiladores (estado, vibraciones).
3.4.1. Determinación del rendimiento de las unidades de ventilación.
3.5. Inspección de válvulas de seccionamiento (estado y actuación).
3.6. Inspección del sistema de control.
3.7. Inspección de los emisores de calor/frío.
3.7.1. Verificación de temperaturas interiores de confort.
3.8. Comprobación de la contribución solar, otras fuentes de energías renovables, y/o cogeneración.
3.9. Inspección del sistema de recuperación de energía (estado y funcionamiento).

4. Verificación de las condiciones de seguridad de la instalación y equipos.

4.1. Verificación del correcto funcionamiento de los quemadores de los generadores de calor y la idoneidad del combustible utilizado según las indicaciones del fabricante del generador.
4.2.Comprobación del local en el que se sitúe el generador (ventilaciones, cerramientos, etc.
4.2.1. Comprobación del almacén de biocombustible sólido (ausencia de humedad e instalación eléctrica,...)
4.3. Comprobación del funcionamiento de los equipos de seguridad (detectores, interruptor general, válvulas de seguridad...).
4.4. Comprobación de la existencia de los equipos de protección contra incendios (puertas RF, extintores...), señalización, etc.
4.5. Comprobación del sistema de protección contra la legionella.
4.6. Verificación del cumplimiento del programa de control de fugas en instalaciones frigoríficas.

5. Documentación final.

5.1. Certificado. Relación de defectos y su clasificación. Plazo de subsanación. Calificación de la instalación térmica.
5.2. Informe.
5.3. Recomendaciones. Cálculo de la Tasa Interna de Retorno de inversiones para mejorar la eficiencia energética de la instalación.

Instrumentación necesaria

Para realizar inspecciones de eficiencia energética se precisa, y es obligatoria, la participación de la empresa de mantenimiento, con la finalidad de que proporcione información técnica del funcionamiento de la instalación y los equipos instalados, así como para realizar las pruebas necesarias en condiciones de seguridad para las personas, bienes y el medio ambiente, ni perjudicar la operatividad de la instalación.

Para realizar comprobaciones en instalaciones de calefacción y ACS se precisan al menos los siguientes instrumentos debidamente calibrados:
  • Analizador de combustión. 
  • Aparato de medición del tiro de las chimeneas.
  • Medidor de monóxido de carbono ambiente (especialmente en generadores alimentados con gas).
  • Pínza amperimétrica.
  • Termómetros de ambiente y contacto (incluso gel transmisor de calor).
  • Cinta métrica.
  • Manómetro.
  • Elementos para precintar.
  • Cámara fotográfica digital.
Para realizar comprobaciones en instalaciones de acondicionamiento de aire se precisan al menos los siguientes instrumentos debidamente calibrados:
  • Manómetros de refrigerante (preferentemente digital).
  • analizador de redes eléctricas.
  • Termómetros de ambiente y contacto (incluso gel transmisor de calor).
  • Anemómetro para conductos.
  • Cinta métrica.
  • Manómetro y manómetro diferencial.
  • Elementos para precintar.
  • Cámara fotográfica digital.
Debiendo anotar el agente de inspección marca, modelo, número de serie y precisión de los instrumentos de medida empleados en la inspección. Así como la vigencia de las calibraciones.

Existe más instrumentación que puede, y quizás debiera, utilizarse en las inspecciones de las instalaciones térmicas como:

  • Cámara termográfica.
  • Detector electrónico de gases fluorados en ambiente (detector de fugas).
  • Termómetro de globo.
  • Medidor de CO2 ambiente.
  • Caudalímetro.
  • Detector de fugas de hidrocarburos.
  • Ventómetro.
  • Termohidrómetro.
  • Anemómetro de molinillo.

Defectos en las instalaciones

Debemos tener en cuenta la reglamentación bajo la cual fue diseñada y ejecutada la instalación térmica. Pues no se puede aplicar la normativa actual a una instalación realizada con una normativa anterior, salvo en lo concerniente a uso, mantenimiento e inspección.

En cambio cualquier reforma realizada desde la aparición del reglamento actual deberá tenerse en cuenta en la parte reformada de la instalación.

Así en base al año de diseño de la construcción podrá existir 4 tipo de instalaciones a efectos legislativos:
  • Instalaciones que cumplen el Reglamento Actual, RITE 2007, RD 1027/2007 y sus posteriores modificaciones. Aplicado a obras con fecha de solicitud de licencia posteriores al 29 de febrero de 2.008.
  • Instalaciones que cumplen el Reglamento anterior, RITE 1998, RD 1751/1998 y su modificación RD 1218/2002. Aplicado a partir del 5/11/1998.
  • Instalaciones que cumplen el primer reglamento de calefacción y climatización, (RCAS 80-81), RD 1618/1980 y Orden de 16 de julio de 1981. Aplicado a partir del 13/11/1981.
  • Instalaciones anteriores al RCAS. Recordemos que estas instalaciones debían cumplir la IT.C. 26 del RCAS para instalaciones existentes.
Los defectos se clasifican en 3 grupos según su importancia:
  • Leves. Serán aquellos que no perturban el funcionamiento de la instalación, pero suponen una desviación respecto de lo reglamentado, sin poder ser considerados significativos para el uso efectivo o el funcionamiento de la instalación.
Por ejemplo: no estar disponible la memoria o proyecto de la instalación en el momento de la inspección, o cualquier otro defecto documental. También podrían considerarse defectos leves: muestras de oxidaciones, pequeños goteos, pérdidas de carga alta en filtros, desagüe obstruido o inexistente en sala de calderas...
  • Graves. Serán aquellos que no suponen un peligro inmediato para la seguridad de las personas, bienes o medio ambiente, pero el defecto detectado supone una reducción de modo sustancial de la capacidad de funcionamiento de la instalación, o su eficiencia energética. También se considera defecto grave la reiteración o acumulación de defectos leves.
Por ejemplo: subsistemas averiados, concentraciones de CO ambiente que comienzan a ser peligrosas, inexistencia de elementos obligatorios según la reglamentación bajo la cual fue construida la instalación, ... Un ejemplo claro es un rendimiento del generador por debajo del 80 %, o un coeficiente de eficiencia inferior a 2 unidades de una máquina frigorífica.
  • Muy Graves. Serán aquellos que suponen un peligro inminente para las personas, los bienes o el medio ambiente.
Por ejemplo: válvula de seguridad seccionada o taponada, concentración de CO muy peligrosa, opacidad de humos alta, elementos de seguridad de la instalación, fuga de GLP, etc.

Calificación de la instalación

En función de los defectos detectados el informe y/o el certificado de inspección deberá concluir con una calificación de la instalación térmica.

A efectos de inspección de eficiencia energética la calificación de la instalación podrá ser:
  • Aceptable. Obtendrán esta calificación las instalaciones que no presenten defectos, o bien estos sean leves, sin determinarse la existencia de ningún defecto grave o muy grave.
En ese caso, los posibles defectos leves se anotarán para constancia del titular, que deberá subsanarlos, acreditando su subsanación antes de 3 meses.
  • Condicionada. Obtendrán esta calificación las instalaciones que no presenten defectos muy graves, y en la que se haya detectado la presencia de un defecto grave, o un un defecto leve ya detectado en una inspección anterior o bien exista una acumulación de defectos leves.
En instalaciones nuevas, no se podrá proceder a dejar en servicio la instalación con esta calificación, ni podrán recibir suministro de energía.

En instalaciones ya en servicio, se dará un plazo de 15 días para su subsanación. Transcurrido dicho plazo el organismo o empresa que ha realizado la inspección deberá remitir el certificado de inspección al Órgano Territorial Competente que podrá disponer la suspensión del suministro de combustible a la instalación.
  • Negativa. Obtendrán esta calificación las instalaciones en la que se observe algún defecto con la calificación de muy grave.
En instalaciones nuevas, no se podrá proceder a dejar en servicio la instalación con esta calificación, ni podrán recibir suministro de energía.

En instalaciones ya en servicio, el organismo o empresa que ha realizado la inspección deberá remitir inmediatamente el certificado de inspección al Órgano Territorial Competente que deberá disponer la suspensión del suministro de combustible a la instalación.

Conclusión

Las inspecciones de eficiencia energética junto con el mantenimiento responsable de las empresas mantenedoras ayudarán a mejora la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de los distintos subsistemas que la componen.


Este trabajo constituye una auditoria energética centrada en la eficiencia de la instalación térmica. El informe y certificado de inspección asesorará al titular, recomendándole mejoras o modificaciones de la instalación, así como en su uso y funcionamiento que redunden en una mayor eficiencia energética.

Debemos recordar que las empresas de mantenedora tienen una obligación de realizar el seguimiento de la evolución del consumo de energía y de agua de la instalación térmica periódicamente. Con ello podrán detectar posibles desviaciones, avisar al titular y tomar las medidas oportunas.

En instalaciones de más de 70 kW las empresas mantenedoras deberán emitir un certificado anual de las instalaciones que mantengan en el que constará toda la información energética de la instalación con los consumos de:
  • Combustible.
  • Energía eléctrica.
  • Agua para llenado de la instalación.
  • ACS consumida.
  • Totalización de los contadores individuales de ACS y energía térmica consumida.
  • Aportación de energía de la central térmica, y sistema renovable y/o cogeneración.
Debiendo justificar la obtención de estos datos en el certificado anual de mantenimiento.

La inspección verificará que la empresa de mantenimiento esté realizando correctamente este seguimiento energético, y el correcto nivel de eficiencia energética de la instalación y sus componentes.

Recordemos que eficiencia energética es la comparación entre la energía necesaria para un proceso y la consumida por el equipo.

Con toda esta información el titular de la instalación estará bien asesorado a la hora de realizar mejoras en las instalaciones y la rentabilización que obtendrá de sus inversiones energéticas.




miércoles, 14 de septiembre de 2016

Curso Inspecciones Instalaciones Térmicas

Objetivo

Los profesionales que intervienen en las instalaciones térmicas precisan los conocimientos suficientes así como adquirir las destrezas para determinar la eficiencia energética de las instalaciones de climatización, calefacción, ventilación y ACS.

Durante el curso el alumno aprenderá a calcular el nivel de eficiencia energética de los diversos subsistemas que componen una instalación térmica.

La referencia será la normativa actual de instalaciones térmicas en los edificios para bienestar e higiene de las personas. Observando algunos aspectos interesantes de reglamentaciones anteriores.

El curso será práctico, disponiendo de más de 120 cuestiones y ejercicios prácticos resueltos, explicación del manejo de instrumentación para realizar mediciones, y diversos vídeos demostrativos, donde se realizan las principales pruebas prácticas a los equipos de las instalaciones térmicas.

Duración

La duración del curso es de 2 meses, con una carga lectiva de 100 horas. El curso está disponible las 24 horas del día, de lunes a domingo.

El tutor estará a tu disposición durante este tiempo para atender tus dudas y consultas técnicas.

Modalidad

Teleformación tutorizada.
Si quieres conocer más sobre la teleformación tutorizada, haz click aquí.

Video presentación:



Fechas previstas

Matriculación: Del 23 de marzo al 27 de abril de 2021.
Inicio del curso: A partir del 13 de abril para los alumnos que hayan formalizado la matrícula.
Cierre incorporaciones: 27 de abril de 2021.
Finalización del curso: 18 de junio de 2021.

Profesor

El curso y sus contenidos han sido creados por Javier Ponce, que además será el tutor al que podréis hacer consultas a lo largo del curso.
Ingeniero Técnico Industrial.
Graduado en Ingeniería Eléctrica.
Máster en PRL por la Universidad de Castilla La Mancha.
Podéis acceder al perfíl de Likedin haciendo click aquí.

Programa formativo

Tema 1. Evaluación del comportamiento energético del subsistema de generación.
  • Análisis funcional y posibles esquemas de salas de generación térmica.
  • Exigencias básicas reglamentarias según la antigüedad de la instalación.
  • Evaluación del rendimiento instantáneo de calderas utilizando procedimientos reconocidos.
  • Evaluación del rendimiento instantáneo de las plantas frigoríficas y las bombas de calor, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Evaluación y valoración del dimensionado de los generadores, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Evaluación del rendimiento estacional en la generación, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas, y vídeos prácticos.
  • Resumen.
  • Evaluación.

Tema 2. Evaluación del comportamiento energético de los subsistemas de transporte y distribución.
  • Análisis funcional y parámetros característicos de los componentes del subsistema de transporte y distribución.
  • Exigencias reglamentarias básicas.
  • Evaluación del rendimiento de las bombas, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Evaluación del rendimiento de los ventiladores, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Estimación de las necesidades energéticas anuales en los elementos de transporte y las pérdidas térmicas anuales en las redes de distribución, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas, y vídeos prácticos.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 3. Evaluación del comportamiento energético de las unidades de tratamiento de aire y de las unidades terminales.
  • Análisis funcional, clasificación y parámetros característicos de las UTAS y las unidades terminales. Calidad del aire.
  • Exigencias reglamentarias básicas.
  • Evaluación del rendimiento del subsistema de emisión térmica en relación con demanda, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 4. Evaluación de los sistemas de control y contabilización.
  • Análisis funcional, clasificación y parámetros característicos de los subsistemas de regulación, medición y contabilización.
  • Exigencias reglamentarias básicas.
  • Evaluación de los subsistemas de control, utilizando procedimientos reconocidos.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 5. Evaluación de la contribución de energías no convencionales y las limitaciones sobre energías convencionales.
  • Análisis funcional y parámetros característicos de los sistemas que emplean energías no convencionales.
  • Exigencias reglamentarias básicas. Limitaciones de uso de energías convencionales actuales.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 6. Propuestas de mejora de la eficiencia energética.
  • Mejoras técnicas para la generación.
  • Mejoras técnicas para el transporte y distribución.
  • Mejoras técnicas mediante la recuperación de energía y la mejora en las unidades terminales.
  • Mejoras técnicas en el control y contabilización.
  • Mejoras técnicas por la contribución de energías no convencionales.
  • Análisis económico de las inversiones realizadas en las mejoras de eficiencia energética.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 7. Evaluación del cumplimiento de las condiciones de seguridad.
  • Condiciones de seguridad aplicables a las salas de máquinas y a los almacenamientos de biocombustibles sólidos.
  • Condiciones de seguridad aplicables a los generadores.
  • Condiciones de seguridad en evacuaciones de humos.
  • Condiciones de seguridad para evitar los riesgos de proliferación de la legionella.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
Tema 8. Evaluación del cumplimiento de los agentes que intervienen.
  • Documentación de la instalación, y obligaciones del titular y usuario.
  • Programa de mantenimiento preventivo, prevención de la legionellosis, controles de fugas de fluidos frigoríficos.
  • Programa de gestión energética de la instalación.
  • Requisitos estatales y procedimientos autonómicos para realizar inspecciones periódicas. Decreto 10/2014 Comunidad de Madrid.
  • Fichas de toma de datos, ejemplos y cuestiones resueltas.
  • Resumen.
  • Evaluación.
TODOS LOS TEMAS DISPONEN DE VÍDEO TUTORIAL DE INTRODUCCIÓN.

Programa Práctico

Durante el curso se explicarán los procedimientos para realizar las siguientes pruebas prácticas:

  • Determinación de la potencia de combustión de las calderas.
  • Determinación del rendimiento energético de las calderas y comprobación del funcionamiento del quemador mediante el análisis de la combustión.
  • Determinación del rendimiento energético de las bombas de calor.
  • Determinación del rendimiento energético de los equipos de transporte.
  • Comprobación del funcionamiento de los sistemas de regulación.
  • Comprobación del funcionamiento de los elementos de seguridad de las calderas.

Requisitos previos

El alumno precisa tener conocimientos sobre instalaciones térmicas, bien como instalador o mantenedor, o bien como diseñador.

El alumno precisa de ordenador con conexión y explorador de Internet, y tener instalados en su ordenador: lector de Pdf como Acrobat Reader, Excel y Word.

Puedes ver más información haciendo click aquí.

Precio

El precio de curso será de 360 €.

En el precio está incluido la descarga y uso personal del Manual de Apuntes del Curso de Eficiencia Energética en Instalaciones Térmicas elaborado y propiedad intelectual del Javier Ponce.

El importe del curso dará derecho a participar de manera individual en el curso durante un periodo de 2 meses.

Diploma y Sistema de Evaluación

FORMATEC emitirá un diploma de superación de la acción formativo siempre que el alumno:
  • Haya participado activamente en el curso y con regularidad.
  • Haya superado las evaluaciones dispuestas en los distintos temas del curso.

Matriculación

El grupo formativo podrá tener un máximo de 30 participantes para poder atender debidamente las consultas que se realicen así como para poder seguir la evoluciones indivuales de los alumnos

Cualquier duda que tengas referente a este curso nos puedes llamar al 967673580, preferentemente por las mañanas, o bien puedes enviar un email a jpformatec@gmail.com , y resolveremos tus dudas.

Puedes acceder al formulario de matriculación haciendo click sobre el siguiente icono:


Una vez recibidos tus datos, te enviaremos tu matrícula, con la información para realizar el pago correspondiente según nos indiques: tarjeta, transferencia o PayPal.

Curso Bonificable

FORMATEC está dada de alta como entidad de formación ante el Servicio Público Estatal, pudiendo realizar la tramitación para bonificación de la acción formativa realizada por trabajadores del régimen general a cargo de sus cuotas a la Social, para lo que deberán solicitarlo con una anterioridad mínima de 8 días y participar activamente en el curso, superando, además las evaluaciones dispuestas en el mismo.

Nivel Calidad Acción Formativa

En aplicación de la norma UNE EN 66181:2002.


jpformatec@gmail.com
967673580

sábado, 3 de septiembre de 2016

Cálculo Tasa Interna de Rentabilidad, TIR, de las Medidas de Ahorro Energética, MAE

Inversión, Beneficio, Retorno de la inversión, Flujo de caja

Existen ratios económicos que cuantifican si una inversión será interesante para el inversor y decidir efectuarla. Además dentro de las propuestas habrá que establecer una jerarquía para comenzar por las más interesantes.

Para ello existen variables económicas que nos ayudarán a valorar las distintas propuestas de mejora de eficiencia energética.

Tras detectar las debilidades de la instalación térmicas, proponer actuaciones, en base a los ahorros energéticos que se conseguirán y conocer el importe económico de las oportunidades energéticas, se deben realizar ratios económicos.

Inversión, I, son los recursos económicos, que precisa el proyecto de mejora para llevarse a cabo.

Esta inversión puede se desembolsada en el momento de realizarse, o bien ir abonándose a plazos, incluso pagando unos intereses.

Cuando se paga a plazos, normalmente en varios años, a, bajo un interés, i, el importe total de préstamo será:

El importe obtenido se dividirá entre el periodo de pago, años, para obtener el importe anual a abonar.

Cuestión
Calcular el importe a devolver de un préstamo solicitado por un importe de 50000 € a una tasa de interés del 7 % y un periodo de devolución de 10 años.

Solución:

Tenemos los datos:
  • Préstamo a solicitar: 50000 €
  • Tasa de interés: 7 % = 0,07.
  • Periodo: 10 años.

Se aplica:

Obteniendo:
Con lo que anualmente habrá que pagar una cuota de 9835,8 €.

El préstamo a solicitar puede ser por el total de la inversión, o bien solicitar una financiación parcial de la inversión.

El beneficio, B, será el ahorro que producirá anualmente la medida de ahorro energético que deberá valorarse de acuerdo a procedimientos reconocidos.

En las propuestas de eficiencia energética se debe valorar su Rentabilidad, r, para decidir si la propuesta es efectuable y tiene interés económico.

Esta es una medida sencilla, siendo la relación entre el beneficio o ahorro obtenido, B, y la inversión, I realizada.
Siendo en este caso la rentabilidad constante y no dependiendo del número de años.

En las inversiones será importante controlar el Flujo de Caja, FC, es decir los saldos anuales entre las entradas y salidas de dinero. Serán entradas de dinero todos los ahorros anuales conseguidos, y serán salidas cualquier gasto como intereses bancarios, costes de mantenimiento, etc.

Normalmente esté análisis se realiza anualmente y consideras todos los gastos e ingresos de la instalación térmica.

Será el flujo de caja, FC:
FC = Entradas – Salidas

Pudiendo ser este saldo positivo, cuando las entradas (ahorros) superan a las salidas (gastos), o bien negativo, cuando el ahorro no supera los gastos.

Cuestión

De las siguientes entradas y salidas realizar el flujo de caja:


Solución:

Los ahorros serán entradas, y los gastos como la inversión serán salidas.
En este sencillo ejemplo se obtiene:


Observando un flujo de caja negativo en el momento de realizar la inversión y posteriormente una evolución de este flujo positivo el resto de años analizados.

Otro parámetro a tener en cuenta para valorar una inversión es el Periodo Simple de Retorno, SPB, (del inglés Simple Pay Back).

El periodo simple de retorno, SPB, es cuando los ahorros del proyecto han devuelto la inversión realizada, es decir cuando la suma de los flujos de caja, FC es positiva.
Cuestión
De la cuestión anterior, calcular el periodo simple de retorno.

Solución:

Observamos la tabla anterior y le añadimos una fila para ir analizando el saldo del retorno.


Resultando un periodo simple de retorno, SPB = 5 años.

El horizonte temporal en economía suele definir los siguientes plazos:
  • Corto plazo: hasta 5 años.
  • Medio plazo: de 5 a 10 años.
  • Largo plazo: más de 10 años.

Tasa interna de rentabilidad

Para tener en cuenta el flujo de caja, el cual puede ser constante como en los ejemplos anteriores o no, y medir con exactitud el rendimiento efectivo de una inversión se utiliza el parámetro Tasa Interna de Rentabilidad (TIR), que es la tasa media efectiva que iguala el coste inicial de una inversión con los ingresos que se generan a lo largo del tiempo de la operación.

Esta será por tanto la media geométrica de los rendimientos futuros esperados de una inversión.

Este parámetro será muy útil para comparar distintas inversiones, pues a mayor TIR mayor rentabilidad.

Se calcula en función de los flujos de caja, FC a lo largo de los distintos años analizados, t, y la inversión, I, mediante la siguiente expresión:
Cuando una oportunidad de ahorro energético no se lleva a cabo, se está perdiendo una oportunidad que se denomina Coste de Oportunidad, CO, que será el beneficio al que se renuncia al elegir otra alternativa de inversión por ejemplo. Si no hay riesgos, la TIR se compara con el coste de oportunidad, que en ese caso será la rentabilidad. Siendo efectuable desde el punto de vista económico cuando:

  • Si TIR ≥ R, la inversión debe llevarse a cabo. Pues la rentabilidad es mayor que la mínima requerida, que es el coste de oportunidad.
  • Si TIR < R, la inversión se rechazará, pues la rentabilidad es menor que la mínima requerida.

Estas comparaciones son válidas cuando existe un flujo de caja negativo al principio y siempre positivo después.

Se observa la dificultad para calcular la TIR, especialmente cuando los flujos de caja no son constantes, pues hay que resolver una ecuación de grado igual al periodo analizado en años.


Así se pueden obtener distintas soluciones, no considerando válidas las soluciones imaginarias, nulas o negativas, por no tener carácter económico. Pero también puede ofrecer como resultado varios valores positivos, en tal caso se dice que la TIR es inconsistente.

Para calcular la TIR se puede emplear una calculadora financiera, o bien usar la función TIR que ofrece una hoja de cálculo como  Excel, seleccionando un rango de valores que serán los flujos de caja del periodo a analizar.

La TIR se puede calcular de un modo aproximado aplicando:
Cuestión
Una inversión requiere un desembolso inicial de 400000 euros, generando unos flujos de caja mensuales de: 80000 (primer año), 200000 (segundo año), y 200000 (tercer año).

Solución:

Realizamos la siguiente tabla para introducirla en Excel.


Resultando una TIR:


La ecuación que ha resuelto Excel por interacción ha sido:

Y para ello realiza 10 interacciones hasta obtener un resultado exacto, de no lograrlo mostraría #NUM . También se puede decir el valor estimado del resultado para facilitarle el cálculo a la función TIR de Excel, que sería el valor desde el que comenzaría las interacciones en busca del resultado, en caso de no poner nada comienza por 0,01.

=TIR(Rango de valores;estimación)

Cuestión

Calcular la TIR aproximada de la cuestión anterior.

Solución:

Recordemos que teníamos el siguiente flujo de caja:


Se aplica:
Para los valores de la cuestión vamos calculando los subtotales a introducir en la expresión:

Observando que es similar al ahorro obtenido por la hoja de cálculo.

Cuestión

Calcular el TIR de una inversión que presenta el siguiente flujo de caja.


Solución:

Emplearemos la función TIR que ofrece Excel, resultando:


Se observa que la TIR cambia de signo a partir del 5º año, presentando una TIR (a 10 años) de un 15 %.


Ejemplo de estudio económico de una propuesta de mejora energética

En las siguientes cuestiones resueltas iremos desarrollando un ejemplo de estudio energético sobre una base de ahorro, donde los ahorros no serán constantes, y tendremos en cuenta varios factores como el mantenimiento, inflación, etc.

Cuestión

Durante una inspección de eficiencia energética de una instalación construida bajo un proyecto anterior a los años 1980-81, se detecta que se podría ahorrar en el subsistema de generación de calor actualmente alimentado con gasóleo.
La sala de calderas atiende las demandas de ACS y calefacción teniendo una potencia total instalada de 350 + 350 kW.

El consumo anual medio de gasóleo durante los últimos 5 años ha sido de 70000 litros, que actualmente tiene un precio medio de 0,65 €/litro con un poder calorífico de 10,12 kWh/litro.

La sala de calderas tiene mantenimiento con una empresa mantenedora habilitada por un importe anual de 1500 euros. Las reparaciones (mantenimiento correctivo) están ascendiendo a una media de 2200 euros anuales.

El rendimiento estacional estimado de la central térmica por su antigüedad es del 65 % (según Anexo B de la UNE EN 15378).

Aconsejados por la empresa mantenedora que también es instaladora, la Comunidad de Vecinos a decidido el cambio a una central modular alimentada con gas natural empleando calderas modulantes de condensación. Se estima un rendimiento estacional del 85 %.

La propuesta tiene un coste total de 80000 euros. Y la empresa instaladora-mantenedora ofrece un contrato de mantenimiento por un importe de 5000 euros anuales, pero ofreciendo una garantía total de los equipos instalados en la sala de calderas. Esta cuota se iría incrementando en función del IPC anual.

El precio del gas natural será de 0,05 €/kWh (Hs). Y el alquiler del contador más el termino fijo supone un gasto fijo anual de 1600 euros anuales.

Considerar un IPC anual para todos los conceptos del 2%, y que los impuestos están incluidos en los precios (además las comunidades de vecinos no se los desgravan).

En esta primera cuestión vamos a considerar que la comunidad abona la inversión mediante una derrama entre los vecinos sin recurrir a la financiación.
Para los próximos 10 años calcular:
  • Flujo de caja.
  • Retorno de la inversión.
  • TIR
Solución:

Hagamos un pequeño estudio del consumo actual comparando la situación actual con la propuesta energética de cambio.

SITUACIÓN ACTUAL = SALA ANTIGUA ALIMENTADA CON GASÓLEO


Consumo combustible: 70000 litros anuales
Hi gasóleo : 10,12 kWh/l
Energía consumida = 70000 x 10,12 = 708400 kWh (referida al Hi)
Precio del combustible: 0,65 €/l
Gasto anual de combustible = 70000 l x 0,65 €/l = 45500 €
Mantenimiento Actual: 1500 €
Reparaciones: 2200 €
Total coste anual explotación: 45500+1500+2200 = 49200 €
Rendimiento estacional: 65 %
Energía útil producida = 708400 x 0.65 = 460460 kWh


Valoremos el consumo y coste anual de la sala propuesta en base a la energía útil que precisa la instalación de 460460 kWh.

PROPUESTA REFORMA SALA CALDERAS = CALDERAS CON GAS Y CONDENSACIÓN

Energía útil necesaria: 460460 kWh
Rendimiento estacional: 85 %
Energía final consumida = 460460 / 0.85 = 541718 kWh (referida al Hi)
Para combustibles gaseosos Hs/Hi = 1,10
Energía final consumida = 541718 x 1,1 = 595889 kWh (referida al Hs)
Precio del combustible: 0,05 €/kWh (Hs)
Gasto anual de combustible = 595889 kWh x 0,05 €/kWh = 29794 €
Mantenimiento anual: 5000 €
Total coste anual explotación: 29794+5000 = 34794 €


Por tanto el ahorro anual de la propuesta sería:

Coste anual actual – Coste anual con reforma
49200 - 34794 = 14406 €

Como todos los valores se revalorizarán en base a un 2 % de IPC el ahorro irá aumentando en ese porcentaje anualmente.

Construyamos la tabla de entradas (ahorros) y salidas, para calcular el flujo de caja y el periodo de retorno simple la inversión, SPB y TIR a 10 años.



Se observa que:
  • La inversión se recupera a entre los 5 y 6 años (5,32 años realizando una media ponderado entre los valores de 5 y 6 años). Por tanto una mejora que se rentabilizará a medio plazo.
  • Se precisa disponer del importe de la inversión, lo cual puede cubrirse con una derrama extraordinaria.
  • TIR a 10 años es del 14% un rendimiento medio más que aceptable.
  • A 20 años (vida útil que se puede estimar de una sala de calderas) es del 19,2 %.
  • Debería acometerse la propuesta de mejora, pues el coste de no oportunidad (ahorro) sería alto en caso de no acometerse.

Rentabilidad = 14406 / 80000 = 0.18 = 18 %.

Comentario: Una sala de calderas actual de gas natural puede presentar “fácilmente” (cumpliendo la normativa) un rendimiento estacional superior al 90 %.
En la siguiente cuestión reharemos el ejercicio considerando que la Comunidad de Vecinos ha decidido financiar el 100 % de la inversión para evitar la derrama inicial.

Cuestión

Considerar una financiación íntegra por un capital de 80000 euros al 7 % de interés bancario, para un periodo de 10 años.

Calcular SPB, TIR y Flujo de Caja.

Solución:

En primer lugar se deberá calcular el importe total del préstamo a pagar.
Para ello se aplica la expresión:

En este caso:


Que fraccionado en 10 años de duración dará una cuota anual a pagar de 15732,2 € anuales.

La tabla del flujo de caja resulta:



Se observa que:

  • La inversión se recupera a entre los 9 y 10 años (9,72 años). Por tanto una mejora que se rentabilizará a medio plazo.
  • No se precisa disponer del importe de la inversión, pero durante los 5 primeros años el flujo de caja es negativo.
  • TIR a 10 años es del 1,6 %, tasa que mejora espectacularmente a partir de ese momento.
  • A 20 años (vida útil que se puede estimar de una sala de calderas) es del 21,3 %.
  • Debería acometerse la propuesta de mejora, pues el coste de no oportunidad (ahorro) sería alto en caso de no acometerse.

Rentabilidad = 14406 / 80000 = 0.18 = 18 %.

También podría optarse por:
  • Solicitar una financiación parcial para minimizar la derrama inicial. Por ejemplo financiar el 70 % de la inversión, y obteniendo con casi total seguridad flujos de caja positivos.
  • O bien solicitar un préstamo cuya cuota sea aproximadamente igual al ahorro obtenido, por ejemplo 14000 euros, y así tener siempre el flujo de caja en positivo.

Analicemos esta última posibilidad.

Cuestión

Considerar una financiación íntegra por una cuota de 14000 euros anuales al 7 % de interés bancario, para un periodo de 10 años.

Calcular SPB, TIR y Flujo de Caja.

Solución:

En primer lugar se deberá determinar el capital del préstamo a solicitar, cuyo préstamo total a devolver será: 10 años x 14000 = 140000 €.

Aplicando: 

Para los valores de esta cuestión:
Por tanto la inversión a realizar por la comunidad será de: 80000 – 71168,90 = 8831,10 €.

La tabla de flujo de caja resulta:


  • La inversión se recupera a entre los 6 y 7 años (6,88 años). Por tanto una mejora que se rentabilizará a medio plazo.
  • La inversión se minimiza hasta los 8831,10 € a pagar entre todos los vecinos, que tendrán siempre un flujo de caja positivo
  • TIR a 10 años es del 11,1% un rendimiento medio más que aceptable.
  • A 20 años (vida útil que se puede estimar de una sala de calderas) es del 19,9 %.
  • Debería acometerse la propuesta de mejora, pues el coste de no oportunidad (ahorro) sería alto en caso de no acometerse.

Rentabilidad = 14406 / 80000 = 0.18 = 18 %.

Una posibilidad que eligen algunas comunidades de vecinos es encargar el trabajo a una empresa de servicios energéticos ESE que asumirá los costes vendiendo la energía a la comunidad de vecinos con un descuento respecto del precio actual que están pagando, y beneficiándose ella del ahorro energético de la instalación, el cual cubrirá la inversión que ha realizado y al cabo del periodo contratado obtendrán un beneficio económico por dicho ahorro energético.

La comunidad de vecinos no asume gastos de inversión y recibe una facturación menor durante el periodo contratado con la ESE.

La ESE asume los gastos de la inversión, pero se garantiza el trabajo de mantenimiento y explotación durante un largo periodo de tiempo, y obtendrá unos suculentos beneficios una vez superado el periodo de retorno simple de la inversión.

Deberemos analizar esta situación desde el punto de vista de la comunidad de vecinos, y desde el punto de vista de la ESE.


Espero que estos apuntes extraídos de nuestro Manual de Inspecciones de Instalaciones Térmicas os sean de utilidad.