miércoles, 10 de enero de 2018

NOVEDADES PARA LOS IMPUESTOS SOBRE GASES FLUORADOS EN 2018

Gracias a los buenos boletines y noticiarios de la Confederación Nacional de Instaladores os puedo ofrecer esta información disponible en su web:

Os recomiendo su página web y los excelentes resúmenes que aparecen en la SECCIÓN DE NOTICIAS.

Estimados amigos, El pasado 30 de diciembre se publicó en el BOE el RD 1075/2017 que contiene varios cambios fiscales entre los que se halla la modificación del Reglamento del Impuesto de Gases Fluorados (RD 1042/2013). Los cambios se encuentran en el art. 4 de esta ley (páginas 33 y 34 del Real decreto). 

Nos resumen los cambios en este cuadro marcando en rojo cursiva las diferencias :








Los textos legales se pueden descargar de la web de C N I: 

Nos sentimos contentos y orgullosos de pertenecer a su Comité Técnico.

Javier Ponce
Técnico de AMETALBA




martes, 9 de enero de 2018

Normativa a aplicar en los cambios de gas de la IRG

Actualmente se están reconvirtiendo muchas Instalación Receptoras de Gas (IRG) de propano a gas natural.

La pregunta que me realiza un instalador de gas, ex-alumno y buen profesional es:
  • ¿Qué normativa regula dicho cambio?,
  • ¿Qué características de seguridad deberá cumplir la instalación transformada?.
Aprovecho para contestar al amigo, y dejar la reflexión en este blog.

¿Qué normativa regula dicho cambio?

En las Instalaciones Receptoras de Gas aparecen 2 reglamentos afectados:
  • Reglamento Técnico de Gas, RD 919/2006.
  • Reglamento de Instalaciones Térmicas, RD 1027/2007. En el caso de que la instalación disponga de aparatos térmicos destinados al bienestar e higiene de las personas: calderas, calentadores, etc.
Por tanto en primer lugar deberemos estudiar los ámbitos de aplicación de ambos Reglamentos, para ver cómo les afecta.

Reglamento Técnico de Gas

En primer lugar se debe observar si este trabajo en la IRG es objeto de su ámbito de aplicación. Ello lo observamos en su artículo 2 "Campo de aplicación".

Donde se indica (punto 2) que el Reglamento se aplicará a:
  • Nuevas instalaciones, sus modificaciones y ampliaciones.
  • Instalaciones existentes antes de su entrada en vigor (4 de marzo de 2.007) que sean objeto de modificación o ampliación.
Las instalaciones existentes a la entrada en vigor de este reglamento quedarán sometidas al régimen de controles periódicos que se establecen en el mismo, en lo que se refiere a su periodicidad y agentes intervinientes en cada caso. Pero los criterios técnicos aplicables en dichas intervenciones serán los indicados en la correspondiente ITC, o en su defecto, los comprendidos en la reglamentación con la cual fueron construidas o aprobadas.

Por tanto la palabra clave será comprobar si un cambio de combustible se considera o no una modificación de la instalación.

Para ello habrá que ir a la Instrucción Técnica 07 que en su artículo 5 indica que se considera modificación:

"cualquier modificación de la IRG que conlleve un cambio un cambio de material o de trazado de longitud superior a 1 m, ampliación de consumo o sustitución de aparatos por otros de diferentes características técnicas".

Observando que un cambio de combustible NO está dentro de lo que entiende el Reglamento Técnico de Gas como modificación de la IRG.

Podemos acudir también la parte 11 de la UNE 60670 sobre IRG, de obligado cumplimiento en base a la Instrucción Técnica 7.

En la UNE 60670-11 aparece la operación de cambio de combustible de la instalación en la tabla 1, pero únicamente para indicar que puede ser realizada por una empresa distribuidora o una empresa instaladora. Además se define de igual manera la modificación de la IRG.

Esta operación de cambio de combustible de la instalación podría quedar dentro de la definición de reparación de la instalación receptora (punto 5.2. de la UNE 60.670-11), como una actuación que afecta a los aparatos.

¿Qué habría que realizar tras la reparación de la instalación?

Viene indicado en el punto 5.2. de la UNE 60.670-11:

"Para restablecer el suministro tras una reparación en la instalación, es preciso realizar una comprobación de la estanquidad del tramo reparado, a la presión de operación, verificando las uniones de cierre del tramo reparado con la instalación existente, mediante alguno de los métodos establecidos en el apartado 6.1. de esta Norma: detector de gas, etc. "

¿Qué criterios debe seguir un instalador para verificar que una instalación ha quedado apta para uso tras un cambio de combustible?.

Los mismos que establece el Reglamento Técnico de Gas para instalaciones existentes a la entrada en vigor del mismo. Es decir superar una revisión de la instalación de gas y del funcionamiento de los aparatos.

Tal y como hemos citado en el ámbito de aplicación del Reglamento Técnico de Gas, las instalaciones existentes, quedan obligadas a realizar los controles periódicos de la IRG indicadas en la ITC 7 y para ello, los criterios técnicos, serán los indicados en las Normas:
  • UNE 60.670-12 para instalaciones receptoras de gas.
  • UNE 60.670-13 para aparatos de gas.
En las que se establecen los criterios de anomalías principales y secundarias.
Quedando tal y como cita el artículo 2 del Reglamento Técnico de Gas bajo el cumplimiento de los criterios técnicos de la normativa vigente en el momento de su construcción.

Recuerda que establece el Reglamento en su punto 3.5.1. de la ITC 07 que en caso de reapertura de una instalación después de una resolución de contrato, que entren de nuevo en servicio tras un periodo de interrupción de suministro de más de 1 año, se actuará de igual forma que en las instalaciones nuevas. Por tanto debe cumplir el Reglamento Técnico de Gas Actual. Aspecto que también cita el punto 5.6. del articulado del Reglamento Técnico de Gas.

Adecuación por cambio de familia de los aparatos de gas

En las transformaciones por cambio de combustible de las IRG, habrá que adecuar los aparatos al nuevo combustible.


El marco reglamentario será la Instrucción Técnica 8 del Reglamento Técnico de Gas.

Así habrá que realizar la puesta en marcha del aparato de gas realizando las comprobaciones indicadas en la referenciada ITC.

Este trabajo sólo podrá realizarse por instaladores de gas de categoría A ó B, que tengan la conocida acreditación de agente de puesta en marcha, establecida en el punto 5.3.2. de la ITC 08.

¿Qué debe verificar el agente de puesta en marcha tras la adecuación del aparato de gas a la nueva familia de gas?

La comprobaciones indicadas en la ITC 08. Básicamente comprobar que el aparato funciona de acuerdo con los parámetros establecidos por el fabricante.

Debiendo comprobar que el aparato es adecuado para el tipo de gas que se le va a suministrar, y que el aparato lleva el marcado requerido por la legislación vigente. Todo ello lo podrá comprobar en la etiqueta identificativa del aparato.

Podéis ver más información sobre la presión y categoría de los aparatos de gas haciendo click aquí.

La lista mínima de comprobaciones a realizar en la puesta en marcha del aparato serán las indicadas en la Norma UNE 60.670-10 (ver tabla 1), junto con las indicaciones adicionales del fabricante.

En esta adecuación el Agente de Puesta en Marcha deberá utilizar componentes de características técnicas iguales a las aprobadas en la certificación de tipo. Siendo idóneo emplear los kit de transformación facilitados por el fabricante del aparato.

Pudiera ser que la conexión del aparato no fuera válida para el nuevo combustible. Por ello se debe verificar que la conexión de aparato cumple con las especificaciones de la UNE 60.670-7.

El olvidado frecuentemente, y conviene recordar que el agente que realice la puesta en marcha de un aparato de gas deberá emitir y entregar al cliente un certificado de puesta en marcha (ver modelo del anexo 4 de la ITC 8). Archivando dicha documentación durante un periodo de 5 años, por si le fuera requerida por el Órgano Competente de la Comunidad Autónoma.

¿Qué documentación deben llevar a la Administración (Servicios de Industria)?

No se precisa ninguna comunicación a la administración tanto para realizar la puesta en marcha, como de registro del certificado de puesta en marcha del aparato, certificado de revisión, etc.

Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE)

También deberemos ir a observar ámbito de aplicación descrito en el artículo 2, donde se indica que el RITE se aplica a instalaciones térmicas que se reformen.

Dentro de las definiciones de reforma está incluida:

"El cambio del tipo de energía utilizada"

Recordemos que el RITE se aplica a instalaciones fijas térmicas (calefacción, ACS, etc) destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.

En el artículo 15 del RITE se especifica (punto 5) que cuando una reforma implique el cambio del tipo de energía se deberán justificar la adaptación de los equipos generadores de calor o frío y sus nuevos rendimientos energéticos, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad complementarias que la nueva fuente de energía demande para el local donde se ubique, de acuerdo con este reglamento y la normativa vigente que le afecte.

Debemos recordar que la aplicación de un Reglamento NO exime de aplicar otros reglamentos de seguridad que pudieran afectar y estén vigentes. Por ello no debemos olvidar el RITE, aunque las condiciones de seguridad de la instalación de gas están prescritas en el Reglamento Técnico de Gas.



Reza el RITE que en cuanto a salas de calderas a gas (potencia superior a 70 kW) se estará a lo dispuesto en la IT 1.3.4.1.2.3. y la Norma UNE 60.601.

En este último caso requerirá un proyecto técnico, y dirección de obra bajo un técnico titulado competente.

En el caso de reforma de una instalación térmica, recordemos (punto 4 del artículo 15) que se deberá justificar el cumplimiento del RITE y la normativa vigente en la parte reformada.








martes, 5 de diciembre de 2017

Nueva Guía Técnica Aplicación Reglamento Protección Contra Incendios

El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad acaba de publicar la
Guía Técnica de Aplicación del recientemente publicado RD 513/2017 de
Instalaciones de Protección contra Incendios. Os resumimos aspectos clave:

* 84 páginas que contienen el RD 513/2017 completo con las
aclaraciones en cuadros destacados.
* Esta Guía Técnica recoge interpretaciones del Ministerio y
aclaraciones de las CC.AA.
* Se actualizará constantemente y la última versión estará en este
link https://goo.gl/VhBgfV

Información ofrecida por el COMITÉ TÉCNICO DE CNI-INSTALADORES

jueves, 16 de noviembre de 2017

Aula Cursos Aire Acondicionado

Para las Jornadas Técnicas de Aerotermia, Cursos Prácticos de Aire Acondicionado, o Cursos Homologados de Manipulador de Gases Fluorados disponemos de un espacio de 45 m2 con equipos y kits didácticos para el aprendizaje de todo lo concerniente con el ciclo frigorífico.


Para su aprendizaje el alumno dispone de:
  • 2 bombas de calor aerotérmicas: una tipo split y otra centralizada.
  • 1 bomba de calor termo para producción exclusiva de ACS.
  • 2 aparatos de aire acondicionado para prácticas de montaje, puesta en marcha, manipulación de gases fluorados.
  • 2 Juegos de componentes de una bomba de calor para prácticas de identificación de los mismos y conexión mediante mangueras.
  • 1 Bomba de calor multi-split.
Además de varios kits didácticos:
  • Ciclo frigorífico sobre tubos transparentes que permiten observar la evaporación y condensación del fluido refrigerante.
  • Bomba de calor con válvula de 4 vías que permite visualizar la inversión de ciclo, también sobre tubería transparente. Simula el funcionamiento y conexión hidráulica de la bomba de calor de DOMUSA.
  • Kit de presostatos para realizar prácticas de ajuste de presiones.
  • Compresores de varios tipos abiertos para observación de su parte interna.

Incluso utilizamos la cámara termográfica para visualizar los cambios de estado del refrigerante.

Para el análisis del ciclo frigorífico disponemos de analizador electrónico.

Y todo lo necesario para la manipulación de gases fluorados:
  • Bomba de vacío.
  • Envases de gases refrigerantes habituales.
  • Envases de reciclado.
  • Bomba recogida.
Para la detección de fugas disponemos de:
  • Detector cromático por ultravioletas.
  • Detector electrónico.



Equipos Instalados

Bomba de Calor Thermira 16 kW


Bomba de Calor Dualclima 8 kW



Termo ACS con bomba de calor


Bomba de calor aire-aire IGB09MB de Gabarrón



Kits didácticos




Agradecemos la colaboración de GABARRÓN y DOMUSA que nos han cedido varios equipos.







viernes, 10 de noviembre de 2017

Convocadas pruebas Competencias Clave Nivel 2 y 3 de Matemáticas y Lengua Castellana en CLM

Para el próximo día 24 de noviembre de 2017 se van a celebrar las pruebas de competencias clave de nivel 2 y 3 de Lengua Castellana y Matemáticas en diversas localidades de Castilla La Mancha:
  • Albacete.
  • Ciudad Real.
  • Cuenca.
  • Guadalajara.
  • Toledo.
  • Talavera de la Reina.
  • Illescas.

¿Por qué son importante tener las competencias clave?

Simplemente para poder acceder a niveles 2 de formación, frecuentemente exigido en diversos Cursos de Certificados de Profesionalidad, los cuales acreditan directamente unidades de competencia.

Así un profesional que desee realizar, por ejemplo, el curso de instalador de gas y/o Agente de Puesta en Marcha de Aparatos a Gas, el cual es un nivel de acceso 2, no puede hacerlo si no dispone de una titulación académica mínima de ESO o equivalente.

Una de las equivalencias es haber superado este examen de competencias clave.

Puedes saber más sobre las competencias clave haciendo click aquí.

¿Cómo solicitar el examen?


La solicitud se deberá presentar a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, apartado Formación, solicitud/consulta programación curso


Para hacer la búsqueda deberá indicar los siguientes criterios:


El plazo para presentar solicitudes será desde el día 31 de octubre hasta el día 22 de noviembre de 2017.


Unos días antes de la fecha indicada para la prueba, los candidatos/as recibirán un mensaje en su teléfono móvil o en su correo electrónico, indicándole la hora y el lugar donde se celebrará la prueba. Por ello, es importante que el candidato/a indique correctamente en la solicitud de inscripción a la prueba su NIF, el nº de teléfono móvil y la dirección de correo electrónico. Dicha información también se publicará en la página web de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo: 

http://empleoyformacion.jccm.es/principal/ciudadania/formacion/competencias-clave/


Una vez corregidas todas las pruebas, se publicará en la página web de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo el listado provisional de notas por provincia.

Las personas que superen la citada prueba, recibirán una Certificación de Competencias Clave, permitiéndoles exclusivamente acceder a cursos dirigidos a la obtención de un Certificado de Profesionalidad de nivel 2 y nivel 3. Se les notificará bien vía sms o correo electrónico para que procedan a recoger la certificación en el lugar indicado.

¿En qué consisten las pruebas?


Se realizará una prueba por cada materia (una de matemáticas y otra de lengua). Las características de cada prueba serán las siguientes:

  • Aproximadamente 15 preguntas de respuesta múltiple para cada materia. Alguna de ellas puede ser de respuesta abierta.
  • Duración: Máximo 1 hora por materia
  • Materiales que se pueden utilizar: Papel, bolígrafo.
  • Para superar cada prueba debe contestar correctamente al 50% de las preguntas.
Te recomendamos que contestes todas las preguntas pues la convocatoria no está indicado que las respuestas erróneas restan puntuación.


Horario de las pruebas


Las pruebas se realizarán el día 24 de noviembre de 2017 con el siguiente horario:

  • A las 10:30 horas: las pruebas de matemáticas nivel 2 y matemáticas nivel 3
  • A las 12:30 horas: las pruebas de comunicación en lengua castellana nivel 2 y comunicación en lengua castellana nivel 3

¿Quién se puede presentar?

Se podrá presentar cualquier persona que resida en Castilla‐La Mancha, personas trabajadoras desempleadas inscritas en una Oficina de Empleo de Castilla‐La Mancha y personas trabajadoras ocupadas que tengan su domicilio o su puesto de trabajo en Castilla‐La Mancha, siempre que no posean alguna de las titulaciones o certificaciones exigidas para acceder a la formación de los módulos formativos de un Certificado de Profesionalidad de nivel 2 o de nivel 3.



Los teléfonos de información de cada provincia son:
  • Albacete: 967539012 - 967539052
  • Ciudad Real: 926277690
  • Cuenca: 969246723  -  969176802
  • Guadalajara: 949259400  - 949259485
  • Toledo: 925248143 - 925267353 - 925248122

¿Cómo preparar el examen?

Puedes ver el temario de cada prueba haciendo click sobre ella.





En nuestra web hemos dejado estos temarios, exámenes tipo y otra información que os puede ayudar a la preparación de esta prueba. 

Esta información gratuita y sólo tienes que registrarte como usuario, pudiendo acceder a otras informaciones disponibles en la ZONA LIBRE: Documentos, Hojas de Cálculo, etc.


Disponible en nuestra web: formatec.iformacion.es

Cualquier problema de acceso nos lo comunicas a nuestro email: jpformatec@gmail.com 

Recuerda que:

Las competencias clave permitirán al alumnado adquirir conocimientos básicos para poder cursar con aprovechamiento la formación correspondiente a los Certificados de Profesionalidad.







jueves, 9 de noviembre de 2017

Aula Solzaima destinada a la Biomasa con las últimas tecnologías del mercado

Gracias a la colaboración de Solzaima que anualmente nos renueva el aula técnica destinada a biomasa disponemos de un completo espacio formativo donde el alumno puede realizar prácticas de puesta en marcha de estufas, chimeneas, calderas y otros generadores alimentados con pellets, hueso de aceituna, incluso con cáscara de almendra.

Otro amplio espacio formativo destinado al profesional con 75 m2 repleto de equipos.





Está prevista la instalación de 2 nuevos generadores enviados recientemente por Solzaima, que de momento nos sirven para explicar su tecnología y componentes.


Actualmente estamos instalado otras 5 estufas para diversificar el aprendizaje a otras tecnologías:
 

Equipos Instalados

Chimenea termoventilada Trevi para leña

Un sencillo productor de calor que dispone de 4 salidas de aire canalizables. En los cursos lo mostramos, encendemos, e incluso lo empleamos para calefactar el espacio de aprendizaje.


Chimenea con cuerpo de agua Zima

Un excelente equipo que integrable a un sistema de calefacción con emisores de calor tipo radiador. Empleado para la didáctica de las conexiones hidráulicas, puesta en marcha y clases sobre mantenimiento de equipos alimentados con biomasa.


Caldera manual Compacta C18

Generador alimentado con pellets de encendido manual. Un sencillo equipo válido para un sistema de calefacción empleado en nuestros cursos para explicar el funcionamiento de un generador con quemador de pellets similar a una estufa, con la particularidad de tener un encendido manual.


Caldera automática Compacta 24

Generador alimentado con pellets de encendido automático. Un buen equipo con un excelente sistema de regulación y puesta en marcha, el cual lleva incorporado una pequeña tolva de pellets de funcionamiento similar a una hidroestufa.

En el mismo realizamos prácticas de puesta en marcha y regulación del generador.


Estufa de aire Alpes 10

Lógicamente debemos tener una estufa de aire para explicar su funcionamiento, regulación, puesta en marcha y mantenimiento del equipo.

Realizamos pruebas con diferentes biomasa para observar el comportamiento y regulación del generador.

Además nos permite calentar el espacio formativo en poco tiempo.


Por supuesto junto a cada equipo disponemos del manual de instalación y puesta a punto para un perfecto aprendizaje.

Un espacio formativo renovado para que el aprendizaje de nuestros alumnos sea siempre con los mejores equipos y dotados de las últimas tecnologías.



martes, 7 de noviembre de 2017

¿Qué son las COMPETENCIAS CLAVE?

Las competencias clave son los requisitos formativos que aseguran que los alumnos poseen los conocimientos necesarios para aprovechar los cursos correspondientes a los certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2 y 3.  Las competencias clave comprenden un conjunto de contenidos generales de formación básica en diferentes áreas de conocimiento. 

¿Para qué sirven?
Las competencias clave sirven para poder acceder a la formación de los módulos formativos de un Certificado de Profesionalidad de nivel dos o tres.

¿Cuáles son las competencias clave?
Las competencias clave son: lengua gallega, lengua castellana, lenguas extranjeras, matemáticas, ciencia, tecnología y digital.

¿Cómo se puede demostrar que se poseen las competencias clave?
Se pueden demostrar de tres formas distintas:
- Poseyendo algunas de estas titulaciones o acreditaciones oficiales:
  • Título de ESO para el nivel 2 y Bachillerato para el nivel 3 o equivalentes. 
  • Certificado de profesionalidad del mismo nivel
  • Un certificado de profesionalidad de nivel inferior en la misma familia y área profesional.
- Superando las pruebas de competencias clave
- Realizando la formación específica en competencias clave 
Puedes ver todas las opciones haciendo click aquí.
¿En qué consisten las pruebas de competencias clave?
El alumno tendrá que realizar un examen sobre cada una de las competencias clave en las que se matriculó. Si se supera con éxito, se expedirá un certificado que permitirá el acceso a la formación que requiera esa competencia clave.


¿Cuándo son las pruebas?
Normalmente, se convocan dos veces al año. Por ejemplo la próxima en CLM será el 24 de noviembre de 2.017.

Puedes ver más información sobre esta convocatoria haciendo click aquí.

Información sobre cómo solicitar el examen (es gratuito), haciendo click aquí.

¿Qué competencias clave hay que adquirir?.

Salvo en los cursos que se requieren idiomas, para los cursos de instaladores de calefacción, gas y fontanería de nivel 2 hay que poseer las competencias clave de MATEMÁTICAS y LENGUA CASTELLANA.

Os animo a participar en las pruebas.