viernes, 29 de mayo de 2020

Cuadernos Teoría y Ejercicios de Gas

Con el objetivo de ir dejando ordenados todos nuestros apuntes, seguimos haciendo cuadernillos a todo color para entregárselos a los alumnos de nuestros cursos presenciales, y a aquellos que así lo deseéis.

En cuanto podamos haremos libros con ellos, pero de momento, los suministraremos a todo color en cuadernillos de tamaño A5.

En cuanto a instalaciones y aparatos de gas estamos preparando los siguientes cuadernillos, los cuales vamos incorporando a la hoja de pedido conforme los terminamos y registramos en el depósito legal de publicaciones.

Referente a Supuestos Prácticos de Gas hemos realizado los siguientes cuadernillos, los cuales contienen ejercicios prácticos con solución:

  • Parte 1. Introducción al Sistema Internacional de Unidades, y Cálculos de Consumo Calorífico y Caudal de un Aparato de Gas. DL AB 260-2019. Precio 4 €.
  • Parte 2. Potencia de Diseño y Caudal de una IRG. Grados de Gasificación. Caudales Simultáneos de una Instalación. DL AB 261-2019. Precio 3,50 €.
  • Parte 3. Selección de Tuberías mediante Tablas. Anexo con Tablas de Pérdida de Presión para distintos Gases y Presiones de Trabajo. DL AB 262-2019. (en elaboración)
  • Parte 4. Cálculo de Tuberías en Baja Presión. Fórmula Lineal de Renouard. Diámetro mínimo a instalar. Presión Final obtenida. DL AB 263-2019. (en elaboración)
  • Parte 5. Cálculo de Tuberías en Media Presión. Fórmula Cuadrática de Renouard. Velocidad de Circulación del Gas. DL AB 264-2019(en elaboración)
  • Parte 6. Diseño y Dimensionado de Casetas para Envases de GLP. DL AB 265-2019 (en elaboración)
  • Parte 7. Locales con Aparatos de Gas. Ventilación y Volumen mínimo. (en elaboración)
Además hemos creado un cuaderno sobre la Presión de Funcionamiento de los Aparatos de Gas, Interpretación de la Etiqueta del Aparato.

En ella se explica la presión que debe tener la entrada de gas al aparato en base a lo indicado en su placa de características, así como la posibilidad o no de ser transformado a un gas de distinta familia y grupo.

En la publicación se recogen ejemplos sobre imágenes de distintas placas de características de aparatos de gas.

  • Presión de Funcionamiento de los Aparatos de Gas. Interpretación de la Etiqueta del Aparato. DL AB 153-2020. Precio 2,5 €.

Objetivo de la publicación

El objetivo de los Supuestos Prácticos de Gas es ofrecer al lector una recopilación de ejercicios prácticos que abarquen completamente los cálculos a realizar en las instalaciones receptoras de gas.

Además ofrecemos las expresiones de cálculo empleados en el dimensionado de las instalaciones de gas y una serie de ejercicios prácticos. Siendo recomendable que el lector pruebe por sí solo a realizar los ejercicios iniciando los mismos escribiendo la fórmula a emplear de tal modo que se acostumbre rápidamente a ella.

Constituye este cuaderno un útil documento de trabajo para el aprendizaje del dimensionado y obtención de valores de diseño de las instalaciones receptoras de gas.

Será por tanto una publicación práctica para diseñadores de instalaciones de gas, instaladores de gas y estudiantes que desean iniciarse en estas instalaciones técnicas.

Estos apuntes les ayudarán a ello.

El objetivo de la publicación Presión de Funcionamiento de los Aparatos de Gas es ofrecer al lector una fácil interpretación de las etiquetas o placas identificativas de los aparatos de gas. De este modo el agente que realice la puesta en marcha del aparato podrá comprobar los tipos de gas y presión de suministro con los que deberá funcionar, identificando el gas para el que está preparado por el fabricante del aparato.

En la parte final del cuadernillo se analizan diversas imágenes de placa de características de algunos aparatos de gas.

Ficha técnica tipo

Impreso sobre folios apaisados en tamaño A4 a todo color, resultando un cuadernillo tamaño A5.
El número de páginas está indicado en el formulario de pedido, pues los cuadernillos no tienen el mismo número de páginas.
Autor: Javier Ponce
Edita: FORMATEC.
En el precio no están incluidos los gastos de envío.

Los gastos de envío estarán incluidos en la Península en pedido que alcancen los 30 € en global.

Próximos cuadernillos

Además de los cuadernillos sobre Supuestos Prácticos de Gas, estamos terminando de repasar cuadernillos sobre:
  • Tipología de los sistemas de evacuación de los aparatos de gas.
  • Potencia de combustión y desajuste de potencia.
  • Cálculo de inyectores.
  • Cálculos de ACS instantánea.
Conforme se terminen y registren en Cultura, se irán incorporando en el formulario de pedidos

Pedidos



Puedes solicitarla haciendo click sobre la imagen.

viernes, 28 de febrero de 2020

Nueva Guía de los Refrigerantes A2L

Ya podéis descargar la Guía de los Refrigerantes A2L, en la que hemos colaborado a través de CNI Instaladores.
Esta Guía ha sido elaborada conjuntamente por las Asociaciones de Fabricantes de Equipos de Climatización (AFEC), la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores (C N I) y la Confederación Nacional de Asociaciones de Instaladores y Fluidos (CONAIF). El objetivo de esta Guía es mostrar las ventajas que presentan los refrigerantes alternativos del nuevo grupo de seguridad A2L, bajo los criterios técnicos del Nuevo Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF), aprobado por el RD 552/2019.

Los refrigerantes incluidos en el grupo A2L presentan una menor inflamabilidad, pues quedan definidos como de ligera inflamabilidad y baja propagación de llama, respecto de los refrigerantes encuadrados en el grupo L2 que presentan una inflamabilidad media. De esta forma, la creación del nuevo grupo de refrigerantes 2L permite utilizar aparatos de aire acondicionado, refrigeración y bombas de calor, refrigerantes de bajo potencial de calentamiento atmosférico (PCA), como el R-32, R-542-B, las HFO, etc., contribuyendo así a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera.
Esta regulación está armonizada a nivel técnico en toda Europa, con la Norma UNE-EN 378 sobre requisitos de seguridad y medioambiente que han de cumplir los sistemas de refrigeración y bombas de calor, y que ha modificado la clasificación de los refrigerantes de tres a cuatro categorías, introduciendo entre los grupos L1 (alta seguridad), y L2 (seguridad media), el grupo 2L, quedando los grupos de seguridad como: L1, L2L, L2, y L3.
Con la modificación de nuestra legislación básica de seguridad, el RSIF, en base a la citada Norma UNE-EN 378 se permitirán cargas mayores para los refrigerantes que cumplan los requisitos de la nueva categoría 2L, permitiendo un abanico más amplio de soluciones en diversas aplicaciones y ubicaciones.
Esta Guía difunde las características de los gases A2L y su encuadre dentro del Nuevo RSIF, el cual permite su instalación, a efectos prácticos, en instalaciones de climatización para condiciones de bienestar térmico de las personas en los edificios, con un alto nivel de seguridad. Tal y como ocurría en el anterior RSIF con los refrigerantes de alta seguridad, grupo L1.
Proyectistas de sistemas encontrarán en esta Guía un documento informativo de apoyo que les mostrará el procedimiento de cálculo de la carga máxima admitida en un recinto, en base a los límites reglamentarios y a las características del gas empleado. Para ello se aportan en la misma diversos ejemplos prácticos.
Las empresas instaladoras y mantenedoras del ámbito del RITE, así como las empresas frigoristas tienen un excelente resumen de las características que deben cumplir para su establecimiento y legalización, así como la documentación que deben presentar para la legalización de la instalación en base a su nivel de seguridad.
Finalmente, se recogen aspectos técnicos de montaje y mantenimiento de equipos que emplean gases fluorados de la categoría 2L, e incluso una recopilación final de preguntas frecuentes sobre diferentes temas, relacionados con este tipo de refrigerantes.

Contenidos

La Guía desarrolla los siguientes contenidos:

1. Fundamentos.
2. Aplicaciones y Cálculo de Instalaciones.
3. Instalación.
4. Mantenimiento.
5. Medidas de seguridad.
6. Recopilación de preguntas frecuentes.

Esta Guía es un documento vivo, y por ello al pie está indicada la versión y su fecha de publicación.

Puedes descargar la Guía gratuitamente desde la web de CNI Instaladores haciendo click aquí.


Espero os ayude.


miércoles, 19 de febrero de 2020

Renovado el CHEq 4 del IDAE a las exigencias actuales del CTE

Es una buena noticia observar como el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía ha actualizado la herramienta informática CHEq4 a las exigencias del CTE actual, recientemente modificado por la publicación del RD 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se actualizó entre otros el documento de energía HE-4.

Puedes acceder a un artículo técnico sobre los últimos cambios de la sección HE 4 del CTE, haciendo click aquí.

¿Cómo funciona esta herramienta informática?

A partir de 8 posibles configuraciones básicas, esta herramienta permite comprobar el cumplimiento de la sección HE 4 del CTE, además de avisarnos si detecta errores en el diseño de la instalación.


Una vez introducidos todos los datos de la instalación diseñada, emplazamiento de la instalación y datos de consumo, el programa genera un informe justificativo del cumplimiento de la sección HE 4, y algunos parámetros importantes para el funcionamiento eficiente y seguro de la instalación.

Tener un informe positivo, utilizando un programa con el aval del IDAE, debe ser suficiente para acreditar el cumplimiento de la sección HE 4.


Además ASIT ha actualizado la base de datos de captadores solares o equipos prefabricados, para ser utilizados en el programa.

¿Puedo comprobar el cumplimiento de las exigencias de versiones anteriores del CTE?.

Sí.

En la zona de descargas de la web del IDAE te podrás descargar versiones anteriores del programa realizadas bajo otros criterios de eficiencia marcados por versiones anteriores de la sección HE 4 del Código Técnico de la Edificación.

Puedes acceder a la zona de descargas haciendo click aquí.

¿Es difícil de manejar esta herramienta?.

No.

Simplemente hay que ir indicando datos de la instalación diseñada que nos va pidiendo el programa, hasta alcanzar el informe final de verificación.

Ver vídeo ejemplo:


Puedes acceder al Manual de ayuda del programa, haciendo click aquí.

Además el IDAE ha realizado una sección de FAQ's en la que podemos ver las preguntas frecuentes que ha ido recopilando.

Puedes acceder a las Preguntas Frecuentes haciendo click aquí.



Espero sea de tu ayuda profesional.



jueves, 30 de enero de 2020

Análisis Cambios Sección HE 4 del Código Técnico


El Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, ha modificado el Código Técnico de la Edificación, RD 314/2006, de 17 de marzo.

Dentro de los cambios se reforma a fondo la Sección de Ahorro y Energía que actualmente queda del siguiente modo:

  • Exigencia básica HE 0: Limitación del consumo energético.
  • Exigencia básica HE 1: Condiciones para el control de la demanda energética.
  • Exigencia básica HE 2: Condiciones de las instalaciones térmicas.
  • Exigencia básica HE 3: Condiciones de las instalaciones de iluminación.
  • Exigencia básica HE 4: Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria.
  • Exigencia básica HE 5: Generación mínima de energía eléctrica.


El principal cambio ya lo observamos en el título de la Sección 4, que en la versión anterior se denominaba:
  • HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.

La sección HE del CTE ha ido evolucionando desde la versión inicial, habiendo sufrido cambios (fechas aparición en el BOE):
  • 28/03/2006. Versión inicial.
  • 23/10/2007.
  • 25/01/2008.
  • 12/09/2013.
  • 8/11/2013.
  • 27/12/2019. Versión actual.


Las Directivas Europeas de Eficiencia Energética establecen la necesidad de ir revisando los requisitos mínimos de eficiencia, a intervalos no superiores a 5 años. Ello provocó la reforma del año 2013 (también del RITE), y ha provocado la reforma actual.

La gran novedad de la Sección HE4, es la desaparición de la energía solar térmica como referencia, y la adopción de criterios generales que puedan englobar todas las fuentes energéticas renovables, y/o la inclusión de procesos de cogeneración renovables, ambos con posibilidad de ser generados en el propio edificio, o bien a través de la conexión a un sistema de calefacción urbano.


La contribución renovable ya no será en base al mapa de zonas de radiación solar, sino que se establece un porcentaje de contribución mínima, sobre la demanda energética anual de ACS u para climatización de las piscinas, de energía procedente de fuentes renovables de al menos el 60 % con independencia de la zona de España en la que se ubique la instalación.

En el caso de instalaciones con demanda de ACS igual o superior a 5000 litros de agua al día, calculada de acuerdo al anejo J, esta exigencia de contribución renovable será de al menos el 70 %.

Ámbito de aplicación

a) Edificios de nueva construcción con una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 100 l/d, calculada de acuerdo al Anejo F.

b) Edificios existentes con una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 100 l/d, calculada de acuerdo al Anejo F, en los que se reforme íntegramente, bien el edificio en sí, o bien la instalación de generación térmica, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo.

c) Ampliaciones o intervenciones, no cubiertas en el punto anterior, en edificios existentes con una demanda inicial de ACS superior a 5.000 l/día, que supongan un incremento superior al 50% de la demanda inicial;
Nota: En este caso la contribución renovable se establecerá sobre el incremento de ACS respecto de la demanda inicial.

d) climatizaciones de: piscinas cubiertas nuevas, piscinas cubiertas existentes en las que se renueve la instalación de generación térmica o piscinas descubiertas existentes que pasen a ser cubiertas.

Aerotermia o Bombas de Calor Ambiente

Esta remodelada sección HE4 indica los requisitos que deben cumplir las bombas de calor aire-agua para ser consideradas energías renovables, de acuerdo a la Normativa Europea.

Las bombas de calor deberán tener un rendimiento mínimo medio estacional, SCOPdhw superior a 2 unidades cuando las bombas de calor sean accionadas eléctricamente.

El valor del rendimiento estacional SCOPdhw se determinará a una temperatura de preparación del ACS no inferior a 45 ºC.

Aportación renovable de una bomba de calor

La aportación de energía procedente de fuentes renovables, ERES, se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde, Qusable es el calor útil total estimado proporcionado por la bomba de calor, y SCOP el rendimiento medio estacional.

Ejemplo

Sea una instalación cuya demanda energética anual de ACS a 45 ºC son 1000 kWh. Si la instalación dispone de una bomba de calor SCOP de 3,6, que además produce el 100 % de la demanda de ACS. ¿Qué energía cantidad de energía renovable, ERES, producirá?.

Solución:

Dado que Qusable son 1000 kWh, y el SCOP son 3,6, aplicamos:


En este caso la bomba de calor daría una contribución renovable de:


Otras Alternativas

La energía generadas por las instalaciones de energía solar térmica o biomasa, por ejemplo, deben considerarse como energía renovable.

La contribución mínima para ACS y/o climatización de piscinas cubiertas, puede sustituirse total o parcialmente por:
  • Equipos de refrigeración,
  • Energía residual procedente de deshumectadoras.
  • Calor residual de la combustión del motor de bombas.

Siempre y cuando el aprovechamiento de esta energía residual sea efectiva y útil para el sistema de ACS.
  • Recuperadores de calor ajenos a la propia central térmica del edificio.
  • Recuperadores de energía de equipos de refrigeración en edificios residuales.

No se podrá contabilizar un aprovechamiento de energía superior al 20 % de la energía extraída.

Energía Solar Térmica

Al desaparecer la versión anterior del documento HE4 las instalaciones de energía solar térmica quedan sin una normativa concreta que fije:
  • Requisitos de eficiencia mínima de la instalación.
  • Operaciones para un correcto mantenimiento de la instalación.
  • Criterios de seguridad contra sobretemperaturas, etc.

Partimos de un documento HE4 en 2006 que era un verdadero Reglamento Solar que abarcaba criterios de eficiencia, seguridad y mantenimiento de la instalación. Para llegar a una versión 2019 que cuantifica únicamente criterios de eficiencia energética.

Es previsible que una vez reformado el RITE se recojan las prescripciones antes indicadas en las Instrucciones Técnicas IT 1.2.4.6., IT 3, etc. Y se vea apoyado en la Guía de la Energía Solar Térmica, que es un documento reconocido para la aplicación (recordemos que los documentos reconocidos no tienen carácter reglamentario), por tanto, puede ayudar al éxito del diseño, montaje, pruebas, y mantenimiento de la instalación solar térmica.

Entrada en vigor

El RD 732/2019 está en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE (27 de diciembre de 2019). Por lo que se puede aplicar con las disposiciones transitorias establecidas para edificios que estén en construcción, que se han indicado anteriormente.








lunes, 13 de enero de 2020

Cursos FORMATEC Primer Semestre 2020

Para este primer trimestre hemos programado prácticamente todo nuestro Catálogo Formativo en modalidad teleformación tutorizada.

Puedes ver las ventajas de la teleformación tutorizada haciendo click aquí.

Recuerda que en el caso de los trabajadores del régimen general, si las empresas lo desean, estas pueden bonificarse la formación en las cuotas de la Seguridad Social.

Puedes ver más información haciendo click aquí.

TELEFORMACIÓN PRIMER SEMESTRE 2020

  • Duración: 4 meses.
  • Carga lectiva aconsejada: 150 horas.
  • Fecha inicio: A partir del 21 de enero.
  • Cierre incorporaciones: 28 de febrero.
  • Fecha finalización curso: 18 de junio.
  • Precio: 420 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: 2 meses.
  • Carga lectiva aconsejada: 100 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 4 de febrero.
  • Cierre incorporaciones: 17 de febrero.
  • Fecha finalización curso: 16 de abril
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: casi 2 meses.
  • Carga lectiva aconsejada: 100 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 18 de febrero.
  • Cierre incorporaciones: 17 de febrero.
  • Fecha finalización curso: 16 de abril
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: 1 mes
  • Carga lectiva aconsejada: 50 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 3 de marzo.
  • Cierre incorporaciones: 16 de marzo.
  • Fecha finalización curso: 16 de abril
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: casi 2 meses.
  • Carga lectiva aconsejada: 50 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 17 de marzo
  • Cierre incorporaciones: 30 de marzo.
  • Fecha finalización curso: 21 de mayo.
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.


  • Duración: 2 meses
  • Carga lectiva aconsejada: 100 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 18 de marzo
  • Cierre incorporaciones: 15 de abril.
  • Fecha finalización curso: 18 de junio
  • Precio: 360 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

Curso diseño y cálculo de Suelo
Radiante según UNE-EN 1264
  • Duración: casi 2 meses
  • Carga lectiva aconsejada: 100 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 21 de abril
  • Cierre incorporaciones: 04 de mayo
  • Fecha finalización curso: 18 de junio
  • Precio: 200 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: 1 mes
  • Carga lectiva aconsejada: 50 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 5 de mayo.
  • Cierre incorporaciones: 18 de mayo.
  • Fecha finalización curso: 18 de junio
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: 1 mes
  • Carga lectiva aconsejada: 50 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 5 de mayo.
  • Cierre incorporaciones: 18 de mayo.
  • Fecha finalización curso: 18 de junio
  • Precio: 100 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.

  • Duración: 3 semanas
  • Carga lectiva aconsejada: 30 horas.
  • Fecha inicio: a partir del 2 de junio
  • Cierre incorporaciones: 10 de junio.
  • Fecha finalización curso: 02 julio.
  • Precio: 60 €.
Puedes ver más información del curso haciendo click aquí.


Política de precios para exalumnos:

Los exalumnos que han realizado con nosotros diréctamente un curso de teleformación, se podrán beneficiar este 2020 de un descuento del 25 %.

Para ello deben indicarnos la factura en la que han recibido la formación, en la que deberá figurar su nombre.

En el caso de solicitar bonificación de la factura, no se cobrará la tramitación, pero tampoco se aplicará este descuento.

Puedes ver más información sobre descuentos en nuestra formación haciendo click aquí.

Matriculación en nuestros cursos

Podéis matricularos en nuestros cursos haciendo click sobre el siguiente icono:

O bien contactando con nosotros:
  • 967673580
  • jpformatec@gmail.com

Descuentos exalumnos en 2024

Política de precios con exalumnos

Para premiar a todos los que hacéis formación con nosotros, especialmente a los alumnos de teleformación os queremos premiar con un pequeño descuento del 25 %.

Este descuento es exclusivo para exalumnos directos de nuestra empresa, no a través de empresas intermediarias, los cuales únicamente nos deben indicar el número de factura en la que figuran como exalumnos de un curso nuestro de teleformación.

Esta promoción no se aplicará a los alumnos de formación subvencionada.

Colectivos con descuentos

Algunos colectivos promocionan y/o difunden nuestros cursos. Por ello, a sus asociados les ofrecemos un descuento en el precio del curso de teleformación de un 25 %, no acumulable a otra oferta.

Esta promoción no se aplicará a los alumnos de formación subvencionada.

Actualmente mantienen un convenio activo:



Por tanto cualquier empresa que pertenezca a una Asociación confederada con la Confederación Nacional de Instaladores se beneficiará de este descuento.
Únicamente deben indicar en el momento de la solicitud esta circunstancia, así como la Asociación a la que pertene.

En principio, siempre pendiente de verificación, se podrán beneficiar los asociados a:
  • AAIMCA - Zaragoza.
  • ASOFRIO - Madrid.
  • ACOIN - Cuenca.
  • AFONCASA - Asturias.
  • AIMBI - Vizcaya.
  • AMACYFA - Álava.
  • APEIMA - Alicante.
  • APES - Ciudad Real.
  • APICCFG (FEDEME) - Sevilla.
  • APROINBU - Burgos.
  • ASEIMS - Madrid.
  • ASEMECO - Córdoba.
  • ATEFONCA - Teruel.
  • FONGAME - Menorca.
  • GCVAC - Barcelona.
  • GIFCM (FREMM) - Murcia.
  • AMICYF - Euskadi.


También tenemos convenios de colaboración con algunos Colegios Profesionales como el:
En tal caso debe indicarse la condición de colegiado en el momento de la solicitud.


Advertencia

No se realizarán descuentos una vez emitidas las facturas y realizados los cobros oportunos.

Debe indicarse durante el proceso de matriculación.


Formulario de Inscripciones

Nuestro formulario general de solicitud de curso de formación es:



A vuestra disposición:



jpformatec@gmail.com
967673580

Bonificación de la Formación Subvencionada 2024

Javier Ponce Formación Técnica SL, con CIF B02510006, con nombre comercial registrado FORMATEC, está autorizada con expediente B243619AG para realizar la bonificación de las acciones formativas que imparte.

Nuestra empresa de formación como Entidad Organizadora de Cursos, puede realizar la 
bonificación de las acciones formativas que imparte.

Recordemos que las empresas tienen un saldo de formación que parte de un mínimo de 420 euros, y que está disponible si la empresa no se lo ha gastado en acciones formativas. Este saldo se renueva anualmente.

Este saldo lo pueden consumir las empresas para la formación de sus trabajadores del régimen general. Los trabajadores autónomos y/o desempleados no pueden bonificarse el curso.

Nuestra gestión es gratuita, no incrementándose el precio del curso (pero sin aplicarle ningún descuento especial). Para poder consultar su saldo precisamos de datos y rellenar unos impresos.

Al solicitar el curso debe marcar la opción de recibir información de la bonificación de la acción formativa.

Así le enviaremos un email en que solicitaremos a la empresa unos datos para preparar el contrato de encomienda de la formación.

Cuando lo recibamos le preparamos el contrato de encomienda de la formación, y así podremos informarle de la situación de su empresa para las bonificaciones de las acciones formativa.

Con el documento de contrato de encomienda rellenado, firmado y sellado podremos mirar su situación e informarle, pudiendo decidir posteriormente.

Puede solicitar la baja del convenio de agrupación cuando le interese, para lo que se firmará un documento de baja.

Aprovechamos para informarle que el Real Decreto-ley 4/2015 estableció que las Empresas debían contribuir en una parte a la formación de sus trabajadores estableciendo un porcentaje de cofinanciación que es del 5 % para empresas hasta 9 trabajadores, un 10 % para empresas entre 10 y 49 trabajadores, etc. (artículo 10.5). Por ello si su porcentaje de cofinaciación es del 5 %, la empresa se bonificará 95 de cada 100 euros de la factura.

Procedimiento de la bonificación:



Una vez solicitada por el trabajador y la empresa, se dará de alta el curso en el FUNDAE (antigua Fundación Tripartita), para ello la documentación debe estar en nuestro poder al menos 8 días antes del inicio del curso.

1. La factura debe estar abonada.
2. Daremos de alta el curso en el FUNDAE.
3. Precisaremos copia de la cabecera de la nómina del trabajador del régimen general, así como copia del DNI.
4. El trabajador, con ayuda de la empresa, deberá rellenar el siguiente formulario:


5. El trabajador iniciará el curso y deberá seguirlo con regularidad, participando en las actividades y evaluaciones dispuestas. Nosotros le comunicaremos claves de acceso y le daremos las primeras
instrucciones.
6. Una vez finalizado el curso, si el alumno ha participado y ha superado las evaluaciones, nosotros lo comunicaremos al FUNDAE. Se preparará la bonificación y se le comunicará al FUNDAE: importe y mes a partir del cual se puede realizar la bonificación, con el límite del final de año.
7. Comunicaremos a la empresa que puede bonificar en las cuotas de la seguridad la parte bonificable de la factura de formación.

Si la empresa dispone de RLT ruego nos lo indiquen para que cumplimientos un documento para informar al RLT de la realización de la acción formativa.

La empresa no puede descontar la factura de sus cuotas a la Seguridad Social 
hasta haber recibido nuestra comunicación.

En cualquier caso podemos atender sus consultas a través de nuestro email general:
  jpformatec@gmail.com

A vuestra disposición.

c/ Guadalajara nº 6, 02001 Albacete
967673580