Javier Ponce Formación Técnica SL, con CIF B02510006, con nombre comercial registrado FORMATEC, está autorizada con expediente B243619AG para realizar la bonificación de las acciones formativas que imparte.
Nuestra empresa de formación como Entidad Organizadora de Cursos, puede realizar la bonificación de las acciones formativas que imparte.
Recordemos que las empresas tienen un saldo de formación que parte de un mínimo de 420 euros, y que está disponible si la empresa no se lo ha gastado en acciones formativas. Este saldo se renueva anualmente.
Este saldo lo pueden consumir las empresas para la formación de sus trabajadores del régimen general. Los trabajadores autónomos y/o desempleados no pueden bonificarse el curso.
Nuestra gestión es gratuita, no incrementándose el precio del curso (pero sin aplicarle ningún descuento especial). Para poder consultar su saldo precisamos de datos y rellenar unos impresos.
Al solicitar el curso debe marcar la opción de recibir información de la bonificación de la acción formativa.
Así le enviaremos un email en que solicitaremos a la empresa unos datos para preparar el contrato de encomienda de la formación.
Cuando lo recibamos le preparamos el contrato de encomienda de la formación, y así podremos informarle de la situación de su empresa para las bonificaciones de las acciones formativa.
Con el documento de contrato de encomienda rellenado, firmado y sellado podremos mirar su situación e informarle, pudiendo decidir posteriormente.
Puede solicitar la baja del convenio de agrupación cuando le interese, para lo que se firmará un documento de baja.
Aprovechamos para informarle que el Real Decreto-ley 4/2015 estableció que las Empresas debían contribuir en una parte a la formación de sus trabajadores estableciendo un porcentaje de cofinanciación que es del 5 % para empresas hasta 9 trabajadores, un 10 % para empresas entre 10 y 49 trabajadores, etc. (artículo 10.5). Por ello si su porcentaje de cofinaciación es del 5 %, la empresa se bonificará 95 de cada 100 euros de la factura.
Procedimiento de la bonificación:
Una vez solicitada por el trabajador y la empresa, se dará de alta el curso en el FUNDAE (antigua Fundación Tripartita), para ello la documentación debe estar en nuestro poder al menos 8 días antes del inicio del curso.
1. La factura debe estar abonada.
2. Daremos de alta el curso en el FUNDAE.
3. Precisaremos copia de la cabecera de la nómina del trabajador del régimen general, así como copia del DNI.
4. El trabajador, con ayuda de la empresa, deberá rellenar el siguiente formulario:
5. El trabajador iniciará el curso y deberá seguirlo con regularidad, participando en las actividades y evaluaciones dispuestas. Nosotros le comunicaremos claves de acceso y le daremos las primeras
instrucciones.
6. Una vez finalizado el curso, si el alumno ha participado y ha superado las evaluaciones, nosotros lo comunicaremos al FUNDAE. Se preparará la bonificación y se le comunicará al FUNDAE: importe y mes a partir del cual se puede realizar la bonificación, con el límite del final de año.
7. Comunicaremos a la empresa que puede bonificar en las cuotas de la seguridad la parte bonificable de la factura de formación.
Si la empresa dispone de RLT ruego nos lo indiquen para que cumplimientos un documento para informar al RLT de la realización de la acción formativa.
La empresa no puede descontar la factura de sus cuotas a la Seguridad Social hasta haber recibido nuestra comunicación.
En cualquier caso podemos atender sus consultas a través de nuestro email general:
jpformatec@gmail.com
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