martes, 4 de agosto de 2015

Novedades UNE 60.670:2014 Instalaciones Receptoras de Gas hasta 5 bar

Las Instalaciones Receptoras de Gas tienen una gran novedad gracias a la aparición de una nueva versión de la Norma UNE 60.670 de julio de 2.014.

¿Cuándo debemos comenzar a aplicar esta nueva versión?.

Desde la publicación de la Resolución e de julio de 2.015 del Ministerio de Industria por la que se actualiza el listado de normas de la ITC-ICG 11 del Reglamento Técnico de Distribución y utilización de Combustibles Gaseosos, RD 919/2006, de 28 de julio, publicada en el BOE del pasado jueves 16 de julio de 2.015, ya se puede aplicar la nueva versión, coexistiendo hasta el 2-1-2016 la versión anterior de 2.005.
Puedes acceder a esta Resolución, haciendo click sobre la siguiente imagen:


A partir del día 2 de enero de 2.016 sólo se podrá emplear la versión de 2.014.

¿A qué Instalaciones de Gas afecta la Norma UNE 60.670?.

Esta Norma UNE seguramente es lá importante de todas las Normas que afectan a las instalaciones de gas, pues incluyen las Instalaciones Receptoras de Gas hasta 5 bar.

Realmente es el la parte más técnica y amplia del Reglamento de Gas pues en sus 13 partes abarca todo lo concerniente a instalaciones de gas:

·        - Materiales y montaje.
·        - Diseño, y cálculo.
·        - Pruebas.
·        - Puesta en marcha de aparatos de gas e instalaciones receptoras.
·        - Verificación del mantenimiento de las condiciones de seguridad.
·        - Control periódico de instalaciones y aparatos de gas.

Además la modificación ha sido total, habiéndose renovado sus 13 partes.

¿En qué partes de la Norma se han producido más Novedades?.

Realmente hay modificaciones, nuevas exigencias, aclaraciones y nuevas soluciones en todas las partes de la Norma. Las cuales sin ser excesivas deben ser conocidas y analizadas.

La base de la versión de 2005 se mantiene, estableciendo algunas diferencias puntuales.

Quizás donde más diferencias existan será en el Anexo A de la parte 1, que incluye un listado de Normas UNE citadas en el resto de las partes, y donde se observa un gran cambio de Normas en lo referido a ensayos de materiales y componentes de las instalaciones.

Entre las Normas básicas que se ha sustituido está la Norma UNE 60.002, en cuyo lugar está la armonizada UNE EN 437 sobre Clasificación de Gases y Presión Nominal de funcionamiento de los aparatos de gas.

¿Qué modificaciones generales se han producido?.

Es resañable la aplicación de Sistema Internacional de Medidas y la desaparición de cualquier referencia a otra unidad no incluida en el Sistema Internacional de Medidas.

Además para homogeneizar la información técnica ofrecida en proyectos y memorias técnicas se han establecido unos símbolos a utilizar.


Entre las definiciones llama la atención la exigencia de referir las potencias de los aparatos, y poder calorífico de los gases a CONDICIONES DE REFERENCIA, en vez de la condiciones normales usualmente utilizadas.


Así los caudales obtenidos al aplicar el poder calorífico referido a condiciones de referencia o estándar (s) serán ligeramente superiores a los valores obtenidos en condiciones normales (n).



¿Aparecen nuevas tecnologías para aplicar a las instalaciones de gas?.

Además de actualizar las Normas de algunas tuberías como las de acero donde desaparecen las Normas UNE 19040, …

En esta versión disponemos de 3 nuevos tipos de tuberías a utilizar en las instalaciones:

  • ·  Sistemas multicapa conforme con la Norma UNE 53.008-1.
  • ·  Tuberías de acero inoxidable corrugado conforme con la Norma UNE EN 15266.
  •   Y la aceptación de los sistemas de unión como el press-fitting, o la compresión axial (anillo corredizo) para unión de tubos multicapa, así como en tuberías de cobre y acero inoxidable.

¿Qué ha cambiado en el diseño de la instalación?.

Se ha reorganizado la parte 6 de la Norma para ofrecer una información más fácil de buscar, ofreciendo un mayor detalle en algunas exigencias como en las campanas de extracción de humos, y facilitando nuevas soluciones para solventar situaciones sin salida, especialmente en edificación construida.

Además tal y como ocurrió con la Norma UNE 60.601:2013 se unifcan criterios técnicos con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) permitiendo únicamente instalar en zonas ineriores la disposición  de aparatos de configuración del sistema de evacuación tipo B3x, especificando la necesidad de estar dotados de un sistema que impida la interacción entre los extractores de humos de las cocinas y la evacuación de los aparatos del aparato tipo B, utilizando dispositivos para evitar dicha interacción con un tiempo de arranque de hasta 2 minutos.

Ciertamente es de gran ayuda la aparición de una expresión para calcular el caudal de extracción, q, de los sistemas de extracción mecánica que deben disponer los locales que alberguen aparatos tipo A:

q (m3/h) = 2x∑Qn (kW)+ 10xA(m2)

Cuya similitud con la fórmula de la UNE 60.601 es clara, calculándose en función del consumo calorífico, Qn, de los aparatos tipo A instalados, y el área, A,  del local donde están instalados los aparatos.

También se disponen nuevas soluciones respecto a la exigencia del volumen mínimo que deberán disponer lo locales que alberguen aparatos tipo A, en los que no pueda lograrse el volumen mínimo.

En cuanto a ventilaciones se ofrecen nuevas soluciones para lograr el aporte de aire necesario a los locales donde se alberguen aparatos tipo A y tipo B, incluso aparece la opción de realizar una ventilación forzada siempre que se disponga de un detector de flujo que detecte la entrada de aire al local, cortando el suministro de gas ante una interrupción del funcionamiento del ventilador.

¿Qué rangos de presiones y designaciones debemos utilizar en esta nueva versión?.

Aparece una nueva tabla de presiones a las que debe someterse la instalación para comprobar la ausencia de fugas.


Recordemos que hace tiempo desaparecieron las designaciones de presiones: BP, MPA y MPB.


¿Existen modificaciones respecto del control periódico de los aparatos e instalaciones de gas?.

También en las partes 12 y 13 existen diversas modificaciones, y nuevas exigencias.

En cuanto al control periódico de instalaciones receptoras se considerará anomalía principal la disposición de llaves de aparato sin conectar que no estén cerradas, bloqueadas, precintadas y taponadas.

Y será considerada como anomalía secundaria el empleo de tubos flexibles sin enchufe de seguridad en el caso de gases de la segunda familia (gas natural).
En cuanto al control periódico de aparatos de gas aparecen nuevas especificaciones para controlar la calidad del aire en los lugares donde están instalados aparatos de gas. Aspectos novedosos tanto para el control periódico de los aparatos de gas como durante las pruebas de puesta en marcha de los aparatos, incluso tipo B y C.

Además de rebajar la consideración de combustión no higiénica aquella que produce una cantidad de monóxido de carbono en los PdC superior a 500 ppm. Valor que tampoco  se podrá superar en la puesta en marcha del aparato.


Javier Ponce
Ingeniero Técnico Industria y Graduado en Ingeniería Eléctrica y Electrónica.
Formador de Especialidades Técnicas para Instaladores y Proyectistas.


No hay comentarios:

Publicar un comentario