Las chimeneas de las instalaciones térmicas se diseñarán de acuerdo a la Norma UNE 123.001. Por ello, se deberán respetar al menos las siguientes
distancias de seguridad mínimas respecto al propio tejado, como a edificios externos.
Distancias respecto al propio
tejado o cubierta.
Se
debe situar el remate de la chimenea a más de 1 metro por encima de la cubierta
o cumbrera del propio tejado.
Si la cubierta es inclinada, con
inclinación superior o igual a 20º, se podrá optar por:
- Situar el remate un metro por encima de la cumbrera del tejado.
- Separar el remate de la chimenea en más de 2,5 m de la cumbrera del tejado (y sobresalir 1 m del punto del tejado por donde remata).
Distancias respecto a obstáculo en el
propio tejado o cubierta.
Deberá cumplirse al menos de una de las
condiciones siguientes:
- El remate se eleve más de 1 m por encima del obstáculo, o,
- la chimenea se instala a una distancia en horizontal del obstáculo mayor de 2 veces la altura del mismo.
Si existen aberturas o ventanas situadas en el mismo tejado o cubierta donde está ubicada la chimenea deberá cumplirse:
El
remate de la chimenea debe elevarse 1 m por encima del punto más elevado de
cualquier abertura o ventana, y además,
la
distancia, medida sobre la superficie del tejado o cubierta, desde la chimenea
hasta el punto más próximo de la abertura o ventana debe ser mayor que:
- 2 m, cuando la chimenea está situada por delante de la abertura en sentido ascendente de la pendiente del tejado, o,
- 1 m, cuando la chimenea está situada a los lados o detrás de la abertura o ventana en el sentido ascendente de la pendiente del tejado.
El remate se debe elevar más de 1 m por
encima de la parte más alta de cualquier edificación situada en un radio
inferior a 10 m respecto a la salida de la chimenea.
El
remate se debe situar simplemente por encima de cualquier edificación situada
en un radio entre 10 y 20 m respecto a la salida de la chimenea.
SOPORTACIÓN DE LA CHIMENEA
Las chimeneas deben estar adecuadamente
soportadas, bien mediante el uso de anclajes fijados a la estructura del
edificio, o bien por medio de estructuras autoportantes.
Cuando la chimenea va fijada a una
estructura o a un fuste resistente autoportante que la soporte, independientes
del edificio, éstos deben diseñarse y construirse de acuerdo con la Norma
UNE-EN 13084-1, y deben cumplir además la reglamentación vigente en esta
materia.
Si la chimenea va fijada a la estructura
del edificio, ésta debe ser capaz de soportar el peso de la chimenea y los
esfuerzos laterales transmitidos. Si la chimenea va instalada por el exterior
del edificio, ésta debe superar los ensayos de resistencia al viento según la
normativa correspondiente.
La distancia entre anclajes laterales debe
ser inferior o igual a la máxima declarada por el fabricante, y nunca superior
a 4 m.
Los
anclajes a la pared deben realizarse de acuerdo a las instrucciones del
fabricante, y deben ser adecuados al material de construcción de la pared, que
por sí misma debe ser capaz de soportar los esfuerzos transmitidos por la
chimenea.
La altura de chimenea sobre un anclaje de
carga debe ser inferior o igual a la máxima declarada por el fabricante. Si
dicha altura se supera, se debe instalar un nuevo anclaje de carga, de forma
que la distancia entre ambos sea inferior o igual a la altura máxima declarada.
La altura autoportante desde el anclaje más
alto debe ser inferior o igual a la máxima declarada por el fabricante, y nunca
superior a 3 m, salvo que se utilicen vientos, mástiles o estructuras de
acompañamiento, en cuyo caso éstos deben diseñarse y construirse de acuerdo con
la Norma UNE-EN 13084-1, y deben cumplir además la reglamentación vigente en
esta materia.
Ejemplo de instrucciones de montaje chimenea. |
La distancia horizontal entre el edificio y
la superficie exterior de la chimenea debe ser inferior o igual a la máxima
declarada por el fabricante, y nunca superior a 1 m, salvo que se utilicen
estructuras de acompañamiento, en cuyo caso éstas deben diseñarse y construirse
de acuerdo con la Norma UNE-EN 13084-1, y deben cumplir además la
reglamentación vigente en esta materia.
Ningún elemento de la chimenea debe estar
sometido a un esfuerzo de compresión superior al máximo declarado por el
fabricante. Debe prestarse especial atención a las tes y a los elementos con
puerta de inspección situados por encima de los anclajes de carga, por estar
sometidos éstos a esfuerzos importantes de compresión debido al peso de la
chimenea, y por tratarse, en general, de los componentes mecánicamente más
débiles de la instalación.
Ninguna unión entre elementos debe estar
sometida a un esfuerzo de tracción superior al máximo declarado por el
fabricante.
En el caso de conductos interiores de
entubamiento, deben seguirse las instrucciones del fabricante para realizar una
adecuada suportación del conducto.
Salvo indicación del fabricante del
aparato, éste no debe soportar el peso de la chimenea.
Javier Ponce
Fuente: UNE 123.001 versión 2.012.
Javier Ponce
Fuente: UNE 123.001 versión 2.012.
No hay comentarios:
Publicar un comentario