sábado, 5 de febrero de 2011

Ventilación en Edificios de Viviendas


Con la reciente aparición del NUEVO RITE y el Código Técnico de la Edificación, ha aparecido la obligatoriedad de ventilar las viviendas, para tener una calidad mínima del aire interior de las mismas.
Efectuando dichos cálculos y definiendo las características de diseño del sistema existen malas interpretaciones, las cuales vamos a intentar subsanar con el presente artículo.

El RITE establece en su punto IT 1.1.4.2.1. que los edificios de viviendas dispondrán de un sistema de ventilación para:
·         Viviendas.
·         Trasteros.
·         Almacenes de residuos.
·         Garajes.

Para el diseño de dichas ventilaciones el RITE nos remite al DB-HS-3.
Referido al sistema de ventilación de las viviendas, el HS-3 establece que las viviendas tendrán unas aberturas de admisión y de extracción, que aportarán unos mínimos caudales de ventilación.
En este punto nos surge la siguiente duda: como podemos tener caudales de ventilación superiores a 0,5 m3/s (18.000 m3/h), ¿será obligatoria la recuperación de calor?.
No, la ventilación de viviendas viene regulada, y se debe diseñar bajo los criterios de la sección HS-3 del CTE. A este documento remite el RITE, y en él no obliga a dicha recuperación. En cualquier caso dicha recuperación sería voluntaria, aún pudiendo ser aconsejable.

Los mencionados caudales de ventilación se calcularán del siguiente modo:
Caudales de admisión:
·         Dormitorios: 18 m3/h por ocupante.
·         Salón-comedor: 10,8 m3/h por ocupante.
El número de ocupantes en los dormitorios, se considerara igual a:
·         1 en cada dormitorio individual.
·         2 en cada dormitorio doble.
Y, en el comedor y en cada sala de estar, el número de ocupantes será la suma de todas las personas contabilizadas en los dormitorios.

Criterios de arquitectura cifran en 8 m2 la frontera entre dormitorio individual y dormitorio doble.
Caudales de extracción:
·         Baños/Aseos: 54 m3/h por local.
·         Cocinas: 7,2 m3/h por m2.
           
Adicionalmente, existirá una red de evacuación independiente de ventilación de las campanas extractoras.
Hagamos un ejemplo de cálculo de caudales y secciones de rejillas de un sistema de ventilación para viviendas:
Sea una vivienda que consta de:
·         1 dormitorio doble.
·         2 dormitorios individuales.
·         2 baños.
·         1 cocina de 10 m2.
·         1 salón-comedor.
Tendremos los siguientes caudales de admisión de aire a la vivienda:
·         Dormitorio doble: 36 m3/h.
·         Dormitorio individual: 18 m3/h.
·         Salón comedor: 4 x 10,8 = 43,2 m3/h.
TOTAL, admisión = 115,2 m3/h.

Tendremos, a su vez, los siguientes caudales de extracción de aire de la vivienda:
·         Baños: 54 m3/h.
·         Cocina: 10 x 7,2  = 72 m3/h.
TOTAL, extracción = 180 m3/h.
Como los caudales vienen establecido como caudales de admisión y extracción mínimos, debemos cumplir con ambos criterios, y por tanto equilibrar ambos caudales.
Tenemos una diferencia de: 180 – 115,2 = 64,8 m3/h.
Caudal que hemos de introducir, lógicamente por el salón, por lo que el caudal introducido en el salón será de:
43,2 + 64,8 = 108 m3/h.
Así, lo caudales de admisión y de extracción serán ambos iguales: 180 m3/h.
Conocidos los caudales de admisión ya podemos diseñar la calefacción y las renovaciones horarias.
Hemos de hacer hincapié en que el aire exterior entra en la vivienda por salones y dormitorios, por lo que es en estas habitaciones donde debemos acondicionar dichos caudales. No en baños, o cocinas, donde los caudales son de extracción, y el aire que llega a estos recintos ha sido tratado térmicamente en salones y dormitorios.
El HS-3 establece la sección útil de las aberturas de admisión y extracción:
S (cm2) = 4 x q (l/s)
Por tanto para lo caudales finales obtenidos (tras el equilibrio) tendremos unas aberturas de:
·         Dormitorio doble: 40 cm2.
·         Dormitorio individual: 20 cm2.
·         Salón: 120 cm2.
·         Baños: 60 cm2.
·         Cocina: 80 cm2.
Estas rejillas pueden ser las:
·         Aberturas de la carpintería exterior, cuando esta sea de clase 0 ó 1 (según la norma UNE 12.207:2000), pero en zonas climáticas A ó B .
·         aberturas de admisión, aberturas dotadas de aireadores o aberturas fijas de la carpintería, en el resto de zonas climáticas (Madrid se considera zona climática D-E según la altitud de la población). En estas zonas solo pueden utilizarse carpinterías clase 2, 3 ó 4.  
Las rejillas de admisión se colocarán a una altura mínima de 1,80 m, y estarán orientadas hacia el techo.
Y para las rejillas de paso, la sección útil será de 70 cm2, o la resultante de aplicar:
S (cm2) = 8 x q (l/s)
Para el ejemplo desarrollado, tendremos unas aberturas de:
·         Dormitorio doble: 80 cm2.
·         Dormitorio individual: 70 cm2.
·         Salón: 240 cm2.
·         Baños: 120 cm2.
·         Cocina: 160 cm2.

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