La
disposición transitoria tercera del citado Reglamento establece que
los
contribuyentes que deben llevar un registro de existencias, deberán comunicar a
las oficinas gestoras con anterioridad al 31 de marzo de 2014 la cantidad,
expresada en kilogramos, y el epígrafe que corresponda de los gases fluorados
almacenados a fecha 1 de enero de 2014.
Aunque la presentación se puede hacer por escrito en la oficina de
registro provincial, es recomendable hacerlo a través por vía telemática, a
través de la Sede Electrónica (clic aquí) y utilizando la firma digital. No
existe ningún modelo normalizado para la comunicación, por lo que vale
cualquier documento. Por si te sirve de ayuda, te adjunto un archivo excel con
un modelo que puedes utilizar para efectuar esa
comunicación.
Por otro lado, la Agencia Tributaria está empezando a contestar a algunas
de las preguntas que han surgido con la aplicación de este Reglamento,
habilitando una sección de preguntas frecuentes (clic aquí) y de respuesta a consultas vinculantes
(clic aquí).
Saludos.
Javier Ponce
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