Desde el 1 de agosto es obligatorio un nuevo
Reglamento europeo de etiquetado energético (UE) 2017/1369. Este
Reglamento deroga la Directiva europea 2010/30/UE e introduce cambios
importantes que deben conocer los Técnicos Instaladores. A continuación
resumimos los aspectos más importantes para ellos:
Por qué y cómo cambian el etiquetado
- El objetivo primordial de este cambio es facilitar más información al consumidor sobre los equipos a la hora de comprar. Se vuelve al modelo de etiqueta de eficiencia energética que mejor entienden los consumidores: escala de la A a la G. Desaparecen las clases A+, A++ y A+++
- La etiqueta es obligatoria en todo tipo de producto relacionado con el consumo de energía, se excluyen vehículos y productos de segunda mano, aunque como novedad incluye productos de segunda mano importados.
- La nueva etiqueta contiene 7 clases de verde oscuro a rojo. En algunos productos se pueden reducir si no es posible definir 7 clases. Las clases E, F o G, se mostrarán en color gris en productos nuevos, cuando esas clases estén prohibidas por la UE.
- La etiqueta debe, en su caso, indicar también el consumo absoluto de energía además de la escala de la etiqueta, con el fin de permitir a los clientes prever el impacto directo de su elección sobre su factura energética y se prohíben otro tipo de etiquetas que imiten las obligatorias.
Cuándo cambian
Electrodomésticos de línea blanca: La UE publicará antes del 2 de noviembre de 2018 el
nuevo re-escalado de etiquetas de la A a la G y dará un máximo de 12
meses hasta noviembre de 2019 para el cambio.
Calentadores y calderas: La UE publicará
antes del 2 de agosto de 2026 (y en ningún caso más tarde del 2 de agosto
de 2030) el nuevo re-escalado de etiquetas de la A a la G. Las nuevas etiquetas
son obligatorias entre 2027 y 2032 No se ha fijado un periodo de transición
concreto para el cambio.
Otros productos: La UE publicará antes del 2 de agosto
de 2023 el nuevo re-escalado de etiquetas y dará un máximo de 18 meses para el
cambio. Las nuevas etiquetas son obligatorias antes de 2024 / 2025.
Obligaciones de fabricantes y comerciantes
- No cambian en relación con la anterior regulación. Los productos deben llevar la etiqueta de eficiencia energética y la hoja de información del producto debiendo hacer referencia a la clasificación energética en toda información promocional.
- Las etiquetas y hoja de información de producto, deben ser entregadas por el fabricante tras 5 días laborales desde el requerimiento del comerciante.
- El comerciante debe mostrar las NUEVAS etiquetas re-escaladas de los productos en su tienda y página web antes del transcurso de 15 días desde la fecha límite fijada por la UE. También deberán poner a disposición del cliente la ficha de información del producto, incluso, si este así lo solicita, en formato físico en el punto de venta.
- Las etiquetas deben aparecer claramente identificables sobre el producto y se podrá permitir en algún caso que aparezca en el embalaje del producto.
- Cuando el fabricante quiera introducir actualizaciones de programas de software, deberá informar al cliente del objetivo y cambios en los parámetros, o en la clase de la etiqueta y deberá ofrecerle la opción de rechazar la actualización sin pérdida evitable de funcionalidad.
- Cuando se introduzcan cambios relevantes en la etiqueta y en la ficha de información de producto en un producto ya comercializado, el producto debe considerarse un nuevo modelo.
Base de datos
- La Comisión creará y mantendrá una base de datos de los productos:
- A partir del 1 de enero de 2019 los fabricantes tienen que introducir obligatoriamente todos los datos de los modelos nuevos.
- Antes del 30 de junio de 2019, los fabricantes tienen que haber introducido los datos de los modelos que han salido nuevos al mercado entre el 1 de agosto de 2017 y el 1 de enero de 2019.
- Es voluntario para los fabricantes introducir los datos de modelos anteriores al 1 de agosto de 2017.
- Los fabricantes deben introducir en esta base toda la información, sus etiquetas de eficiencia energética y las fichas de información del producto. Esta base de datos tendrá una parte pública accesible a consumidores y distribuidores de forma sencilla.
- Entre la información que deben introducir, está precauciones específicas que hayan de tomarse durante el montaje, instalación, y mantenimiento.
Información ofrecida por el Comité Técnico de CNI-Instaladores.
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